Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Cabildo Insular De Tenerife. (BOE-N-2025-388343)
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE TENERIFE. Anuncio de notificación de 21 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador tramitado en el expediente 5178-DEN.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 7

En su consecuencia,
RESUELVO
I. Declarar responsable a (……) con NIF 52820609M por la comisión de una
infracción leve prevista en el art 124 g) en conexión con los artículos 58.1 de la LAC y en
el art 4.8 del RSM, por la ejecución de obras sin autorización de este Consejo,
consistentes en vertidos de piedras y material al cauce, ejecución de un relleno de tierras
en la margen izquierda con la colocación de un encofrado, ejecución de muro de piedra y
cemento en la margen derecha reduciendo sección al cauce, ejecución de una pasarela
y muros laterales de sustento de bloques de hormigón, todo en torno a las coordenadas
UTM aproximadas X:340094, Y:3109384 Z:640, afectando el curso natural de las aguas
de un tramo del barranco Risco Rajado, en el T.M. de San Miguel de Abona.
II. Imponer a (……) con NIF 52820609M, una sanción consistente en el pago de
multa pecuniaria de CUARENTA EUROS Y SIETE CÉNTIMOS (40,07 €), al calificarse la
infracción como leve y en aplicación de la reducción por pago voluntario del 20%.
Comunicar a (……) con NIF 52820609M que ha quedado acreditado el pago de
voluntario de la sanción por importe de 120,20 €, si bien, no procede la aplicación
acumulada de ambas reducciones por pago voluntario y reconocimiento de la
responsabilidad, siendo por consiguiente el importe de la sanción el de 160,27 €, no el
de 120,20 €, debiendo el denunciado ingresar la diferencia por importe de 40,07 €, ó
alternativamente, en su caso, la comunicación expresa reconociendo la responsabilidad
por la infracción cometida así como la renuncia a cualquier acción o recurso en vía
administrativa contra la sanción, adquiriendo firmeza la resolución desde el día en que se
dicte, quedando abierta la vía contencioso-administrativa, para aplicar ambas
reducciones.

El ingreso deberá hacerse efectivo, a nombre del Consejo Insular de Aguas de
Tenerife, en la cuenta corriente de Caixabank S.A. con código IBAN: ES57 2100 9169
0522 0005 8412, o en la cuenta de Cajasiete Caja Rural S.C.C. con código IBAN: ES40
3076 0410 5423 6968 0422 (aplicación presupuestaria 391.90 Otras multas y sanciones)
haciendo constar en el documento de ingreso el número del expediente sancionador
(5178-DEN), debiendo comunicarlo al Consejo Insular de Aguas de Tenerife, sito en
Calle Leoncio Rodríguez 3, 2ª planta, en Santa Cruz de Tenerife, presentando copia
justificativa del mismo. Para su ingreso, y en el supuesto de recibir la notificación de esta
resolución entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, dispondrá de plazo hasta
el día 20 del mes posterior, o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. En
caso de recibirla entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, dispondrá
hasta el día 5 del segundo mes posterior. Si vencidos los plazos de ingreso no se
hubiese satisfecho la deuda, se procederá a su cobro por la vía administrativa de
apremio, con el recargo correspondiente.
IV. Ordenar a (……) con NIF 52820609M, la realización de la restitución del tramo
afectado en torno a las coordenadas UTM aproximadas X:340094, Y:3109384 Z:640,
afectando el curso natural de las aguas de un tramo del barranco Risco Rajado, en el
T.M. de San Miguel de Abona, a su estado anterior, debiendo retirar las obras ejecutadas
sin autorización, otorgándole para ello un plazo de UN (1) MES, contado a partir del día
siguiente al de notificación de la resolución; advirtiéndole que, en caso de que la

cve: BOE-N-2025-4a8ab8e9b966ed7853ba53559769ecfc84515abb
Verificable en https://www.boe.es

III. Ordenar a (……) con NIF 52820609M el pago de la cantidad de CUARENTA
EUROS Y SIETE CÉNTIMOS (40,07 €), al haber abonado la sanción por cantidad inferir
a la impuesta, ó alternativamente, en su caso, la comunicación expresa reconociendo la
responsabilidad por la infracción cometida así como la renuncia a cualquier acción o
recurso en vía administrativa contra la sanción, adquiriendo firmeza la resolución desde
el día en que se dicte, quedando abierta la vía contencioso-administrativa, no debiendo
realizar, en este caso, el abono anterior.