Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Vilanova I La Geltrú. (BOE-N-2025-387660)
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento relativo a las bajas por caducidad. Expediente BCA/2025/6.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento relativo a las bajas por
caducidad. Expediente BCA/2025/6.
ID: N2500390810
El señor Alcalde, ha dictado una resolución, en fecha 29/04/2025, que, transcrita
literalmente, dice lo siguiente:
Relación de hechos
1. Dado que en este Ayuntamiento se ha instruido expediente para declarar la
caducidad de las inscripciones padronales y aprobar la baja por caducidad de las
inscripciones de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia
permanente que no han estado objeto de renovación periódica.
Fundamentos de derecho
1. En cumplimiento de lo que dispone la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de la
Cooperación Autonómica y Local por la cual se modifica la resolución de 29 de abril de
2020, de la Subsecretaría de la Presidencia, por la que se publica la Resolución de 17 de
febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección
General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas
a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
3. Dado que el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio en su
redacción dada por el Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre.
Por todo esto, RESUELVO:
PRIMERO. - Declarar la caducidad de las inscripciones y aprobar la baja en el
Padrón Municipal de Habitantes de las personas que se indican según relación adjunta.
SEGUNDO. - Notificar esta resolución a todos los interesados, para su conocimiento
y a los efectos oportunos.
TERCERO. - Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Estado que la baja
del Padrón Municipal tendrá efecto a partir de esta publicación.
La comunicación a las personas relacionadas ha sido intentada en el domicilio donde
figuran empadronadas sin que se haya obtenido ninguna respuesta. Por lo tanto, se
comunica a los interesados, mediante este medio, que disponen de un plazo de QUINCE
DÍAS, para que manifiesten si están de acuerdo o no con esta baja, pudiendo, en este
último caso, alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen adecuados,
para acreditar que es en este municipio donde residen el mayor número de días del año,
o comunicar el municipio o país en el que habitualmente residen y solicitar por escrito el
cve: BOE-N-2025-fe7a2b22095abe36616221aa65706d026ac30afd
Verificable en https://www.boe.es
2. El artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y el procedimiento establecido en el apartado 6 de dicha Resolución de 16 de
marzo.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento relativo a las bajas por
caducidad. Expediente BCA/2025/6.
ID: N2500390810
El señor Alcalde, ha dictado una resolución, en fecha 29/04/2025, que, transcrita
literalmente, dice lo siguiente:
Relación de hechos
1. Dado que en este Ayuntamiento se ha instruido expediente para declarar la
caducidad de las inscripciones padronales y aprobar la baja por caducidad de las
inscripciones de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia
permanente que no han estado objeto de renovación periódica.
Fundamentos de derecho
1. En cumplimiento de lo que dispone la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de la
Cooperación Autonómica y Local por la cual se modifica la resolución de 29 de abril de
2020, de la Subsecretaría de la Presidencia, por la que se publica la Resolución de 17 de
febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección
General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas
a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
3. Dado que el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio en su
redacción dada por el Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre.
Por todo esto, RESUELVO:
PRIMERO. - Declarar la caducidad de las inscripciones y aprobar la baja en el
Padrón Municipal de Habitantes de las personas que se indican según relación adjunta.
SEGUNDO. - Notificar esta resolución a todos los interesados, para su conocimiento
y a los efectos oportunos.
TERCERO. - Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Estado que la baja
del Padrón Municipal tendrá efecto a partir de esta publicación.
La comunicación a las personas relacionadas ha sido intentada en el domicilio donde
figuran empadronadas sin que se haya obtenido ninguna respuesta. Por lo tanto, se
comunica a los interesados, mediante este medio, que disponen de un plazo de QUINCE
DÍAS, para que manifiesten si están de acuerdo o no con esta baja, pudiendo, en este
último caso, alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen adecuados,
para acreditar que es en este municipio donde residen el mayor número de días del año,
o comunicar el municipio o país en el que habitualmente residen y solicitar por escrito el
cve: BOE-N-2025-fe7a2b22095abe36616221aa65706d026ac30afd
Verificable en https://www.boe.es
2. El artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y el procedimiento establecido en el apartado 6 de dicha Resolución de 16 de
marzo.