Administración Local. Pontevedra. Ayuntamiento De Nigrán. (BOE-N-2025-374385)
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación por publicación. Intento infructuoso de notificación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Sábado 24 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
PONTEVEDRA
AYUNTAMIENTO DE NIGRÁN
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación por
publicación. Intento infructuoso de notificación.
ID: N2500372466
Expte.:

4710/2024sv

Asunto:

Orden de ejecución de limpieza de finca

Trámite:

Resolución del expediente

Ref. Catastral:

5338012NG1653N0001GZ

Situación:

RÚA DO VISO- SAN PEDRO

Persoa Responsable: **987*** DARIO ALVAREZ RODRIGUEZ
Prazo de execución:

10 días

1. Con fecha 26/07/2024 se presentó denuncia por un particular en la que se expone,
en definitiva, que la hinca con la referencia catastral indicada en el encabezamento no se
encuentra en un estado de conservación y limpieza acomodados.
2. Con fecha 02/09/2024 se emitió informe por la técnico de Medio Ambiente
recogiendo el siguiente:
(La parcela 12 está en estado de abandono, el estrato herbáceo está en situación
descontrolada, con mucha vegetación formada por silvas, enredadeiras entre otras
hierbás que alcanzan mas de dos metros de altura.)
1. Los deberes de limpieza, higiene y ornato de las fincas en el suelo urbano o de
núcleo rural.
La ordenanza municipal de convivencia ciudadana y ornato público del Ayuntamiento
de Nigrán (BOP n.º 8 del 14/01/16) establece en su art. 21 que:
“Las fincas sitas en cualquier clase de suelo deberán mantenerse en condiciones de
seguridad, salubridad y ornato, respetando la legislación en materia de prevención de los
incendios forestales.
En particular, las fincas que se encuentren dentro del suelo urbano o de núcleo rural
y sean colindantes con parcelas edificadas deberán estar libres de maleza, y las por las
de los árboles que eventualmente se encuentren en aquellas no podrán invadir las
citadas parcelas edificadas colindantes.
El Ayuntamiento podrá ordenar la ejecución de las actuaciones precisas para dar
cumplimiento a las anteriores previsiones, de conformidad con lo previsto en la
legislación urbanística.”
2. Objeto del expediente

cve: BOE-N-2025-e8463c9ee33656ed89dbd34d9a732bfb6c3c6cc7
Verificable en https://www.boe.es

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