Administración Local. Valladolid. Ayuntamiento De Valladolid. (BOE-N-2025-352978)
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Expediente 85/2024, notificación acuerdo Junta de Gobierno Local de 29 de abril de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 17 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 4

En el interior del edificio se reserva un cuarto para bicicletas con capacidad para 20
unidades en el antiguo cuarto de transformación del sótano (9 para el personal de las
instalaciones y de 11 para los usuarios). El tamaño del mismo se considera adecuado, no
obstante, el cuarto para bicicletas debe estar situado en el nivel de acceso o bien debe
estar comunicado mediante rampas con dicho nivel.
Sin entrar a valorar aspectos cuya competencia excede a la del Centro de Movilidad
Urbana, en lo relacionado con la movilidad de vehículos y peatones en las vías públicas
de competencia municipal y según lo expuesto en los apartados anteriores, no se
encuentra inconveniente para continuar con la requerida tramitación siempre que se
tengan en cuenta las indicaciones realizadas en el presente informe.
En el emplazamiento, consta previa licencia de actividad, expediente número
229/2004 para HOTEL RESTAURANTE, a nombre de SACEDON PATRIMONIAL S.L.
C.I.F. B47389101, con licencia concedida mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de
fecha 3 de marzo de 2026, y con licencia de apertura de fecha 03 de junio de 2009
mediante decreto número 5487.
Actividad que
establecimiento

procede

revocar

por

pretenderse

actividad

distinta

en

el

Con fecha 14 de abril de 2025 se ha presentado nombramiento del Coordinador de
Seguridad y Salud en fase de ejecución, conforme al artículo 3.2 del Real Decreto
1627/1997, en aquellos casos en que intervenga más de una empresa, o una empresa
junto con trabajadores autónomos, o varios trabajadores autónomos.
No precisando autorización de la Administración autonómica ni estatal por la afección
al Canal de Castilla según se ha indicado perfectamente en el informe técnico emitido, y
contando con informes favorables, procede su concesión con las prescripciones
indicadas por los técnicos en sus informes.
En la tramitación del presente expediente se han observado las Normas de
Procedimiento establecidas en el artículo 99 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de
Urbanismo de Castilla y León.
La licencia urbanística es un acto reglado, por lo que procede su otorgamiento, ya
que lo solicitado se ajusta a lo exigido en el ordenamiento urbanístico y demás normativa
sectorial de aplicación.
PRIMERO: Conceder a ZÁNGANO INVERSIONES, S.L., la Licencia solicitada de
obras (proyecto básico y ejecución) de reforma de establecimiento hotelero en la
categoría de 4 estrellas con 55 unidades de habitación, en la avenida de Gijón nº 1,
referencia catastral 5537801UM5153E0001ML, así como aprobar el Proyecto Básico y
de Ejecución que acompaña como documentación técnica; todo ello con sujeción a las
Normas Generales de aplicación establecidas para el presente caso y a las
prescripciones señaladas por los técnicos en sus informes, estableciendo asimismo las
siguientes:
Según se indica en el informe técnico emitido por el Servicio de Control de la
Legalidad Urbanística, y de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional
Séptima de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (introducida por
la Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de “Medidas Financieras y de Creación del Ente
Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León”), se
establece la siguiente fianza por gestión de residuos, ascendiendo a la cantidad de
2.880,00 Euros.
Según se indica en el informe técnico emitido por el Servicio de Espacio Púbico e
Infraestructuras, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.7.c) de las Normas

cve: BOE-N-2025-0bbfb04244761eacfa8b1210749fe2c61417ae6a
Verificable en https://www.boe.es

La Junta de Gobierno, en virtud de sus facultades, ACUERDA: