Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Vinaròs. (BOE-N-2025-352900)
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Declaración de ruina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Sábado 17 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE VINARÒS
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Declaración de ruina.
ID: N2500346492
Expediente: 386/2025 - DECLARACIÓN DE RUINA ORDINARIA
Persona interesada: 18703639Q
En relación con el expediente de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 41 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, habiéndose intentado sin efecto la notificación
del acto administrativo que se indica por causas no imputables a la Administración, se
publica el contenido íntegro del mismo, para que sirva de notificación a la persona
interesada:
NOTIFICACIÓN
Mediante la presente se le notifica el Decreto de Alcaldía n.º 2025-1476 de fecha 8
de abril de 2025, del tenor literal siguiente:
«ANTECEDENTES DE HECHO
2º.- Visto que por Decreto de Alcaldía n.º 2025-0281, de fecha 23/01/2025, se incoó
expediente contradictorio para la declaración de ruina ordinaria de la edificación,
poniendo de manifiesto el expediente a las personas titulares de derechos sobre el
inmueble, y concediéndoles un trámite de audiencia de quince días hábiles, para que
pudieran alegar y presentar los documentos, justificaciones y medios de prueba que
estimasen pertinentes. Al efecto, se les dio traslado de copia literal y completa de los
informes técnicos obrantes en el expediente.
Así mismo, se ordenó a la propiedad la adopción en el mismo plazo de quince días,
de unas medidas cautelares de seguridad, con la advertencia de que si no se atendía
dicho requerimiento, se procedería a su ejecución forzosa, siendo los gastos que se
originasen a su costa.
3º.-Visto que, transcurrido el plazo concedido, no consta a este Ayuntamiento que se
hayan presentado alegaciones, ni tampoco que se hayan adoptado las medidas
cautelares impuestas.
Visto el informe con propuesta de resolución de la TAG de Urbanismo, de fecha 6 de
abril de 2025, y de conformidad con el mismo.
cve: BOE-N-2025-d153cd261665cdd869f214f1e459582549cbb429
Verificable en https://www.boe.es
1º.Visto que en fecha 15/01/2025, el arquitecto técnico municipal realiza visita en la
edificación situada en CL SAN PASCUAL 44 de Vinaròs (referencia catastral
6233714BE8863C0001AK), antiguo Cine Coliseum, y emite informe en el que concluye
que el coste de las reparaciones necesarias a realizar supera el limite del deber normal
de conservación definido en el artículo 191 del texto refundido de la Ley de ordenación
del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de
junio, del Consell, por lo que la referida edificación se encuentra en el supuesto de
situación legal de ruina.
Núm. 119
Sábado 17 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE VINARÒS
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Declaración de ruina.
ID: N2500346492
Expediente: 386/2025 - DECLARACIÓN DE RUINA ORDINARIA
Persona interesada: 18703639Q
En relación con el expediente de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 41 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, habiéndose intentado sin efecto la notificación
del acto administrativo que se indica por causas no imputables a la Administración, se
publica el contenido íntegro del mismo, para que sirva de notificación a la persona
interesada:
NOTIFICACIÓN
Mediante la presente se le notifica el Decreto de Alcaldía n.º 2025-1476 de fecha 8
de abril de 2025, del tenor literal siguiente:
«ANTECEDENTES DE HECHO
2º.- Visto que por Decreto de Alcaldía n.º 2025-0281, de fecha 23/01/2025, se incoó
expediente contradictorio para la declaración de ruina ordinaria de la edificación,
poniendo de manifiesto el expediente a las personas titulares de derechos sobre el
inmueble, y concediéndoles un trámite de audiencia de quince días hábiles, para que
pudieran alegar y presentar los documentos, justificaciones y medios de prueba que
estimasen pertinentes. Al efecto, se les dio traslado de copia literal y completa de los
informes técnicos obrantes en el expediente.
Así mismo, se ordenó a la propiedad la adopción en el mismo plazo de quince días,
de unas medidas cautelares de seguridad, con la advertencia de que si no se atendía
dicho requerimiento, se procedería a su ejecución forzosa, siendo los gastos que se
originasen a su costa.
3º.-Visto que, transcurrido el plazo concedido, no consta a este Ayuntamiento que se
hayan presentado alegaciones, ni tampoco que se hayan adoptado las medidas
cautelares impuestas.
Visto el informe con propuesta de resolución de la TAG de Urbanismo, de fecha 6 de
abril de 2025, y de conformidad con el mismo.
cve: BOE-N-2025-d153cd261665cdd869f214f1e459582549cbb429
Verificable en https://www.boe.es
1º.Visto que en fecha 15/01/2025, el arquitecto técnico municipal realiza visita en la
edificación situada en CL SAN PASCUAL 44 de Vinaròs (referencia catastral
6233714BE8863C0001AK), antiguo Cine Coliseum, y emite informe en el que concluye
que el coste de las reparaciones necesarias a realizar supera el limite del deber normal
de conservación definido en el artículo 191 del texto refundido de la Ley de ordenación
del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de
junio, del Consell, por lo que la referida edificación se encuentra en el supuesto de
situación legal de ruina.