Comunidades Y Ciudades Autónomas. Ciudad De Ceuta. Consejería De Fomento, Medio Ambiente Y Servicios Urbanos. (BOE-N-2025-349201)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador por instalación de terraza sin licencia, en establecimiento sito en Playa de la Ribera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 4
HE RESUELTO. 1º.- Desestimar las alegaciones presentadas en cuanto a dejar sin efecto el Decreto
de fecha 9/12/2024, en virtud de lo expuesto en el apartado QUINTO de la
fundamentación jurídica.
2º.- Sancionar a la mercantil con CIF B-51032209, y al titular del DNI 45092154-X, al
titular del DNI 45066352-Z y al titular del con DNI 45075800-D, como administradores
solidarios de la mercantil, por la comisión de una infracción urbanística consistente en la
instalación de terraza junto al loca denominado “Chiringuito Spoon”, sito en Playa de la
Ribera de Ceuta, sin la preceptiva licencia municipal, infracción tipificada en el punto 3º
apartado b) artículo 34 de la Ordenanza de reguladora para la instalación de terraza de
veladores, consistiendo la posible sanción en multa de 1.500,01 euros, de conformidad al
Decreto de fecha 9/12/2024.
3.- Contra el presente Decreto podrá presentarse recurso potestativo de reposición
en el plazo de un mes, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o
anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de esta Ley, ante el mismo órgano que los
hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente al de la recepción de la
notificación (artºs. 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre) y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de
13 de julio.
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al titular del
NIF 45066352Z, en los términos del Art. 44, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por el
presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
cve: BOE-N-2025-0e5226c9b8a86683fa62681503355f470b1a5359
Verificable en https://www.boe.es
Ceuta, 8 de mayo de 2025.- EL CONSEJERO DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y
SERVICIOS URBANOS Alejandro Ramírez Hurtado
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 4
HE RESUELTO. 1º.- Desestimar las alegaciones presentadas en cuanto a dejar sin efecto el Decreto
de fecha 9/12/2024, en virtud de lo expuesto en el apartado QUINTO de la
fundamentación jurídica.
2º.- Sancionar a la mercantil con CIF B-51032209, y al titular del DNI 45092154-X, al
titular del DNI 45066352-Z y al titular del con DNI 45075800-D, como administradores
solidarios de la mercantil, por la comisión de una infracción urbanística consistente en la
instalación de terraza junto al loca denominado “Chiringuito Spoon”, sito en Playa de la
Ribera de Ceuta, sin la preceptiva licencia municipal, infracción tipificada en el punto 3º
apartado b) artículo 34 de la Ordenanza de reguladora para la instalación de terraza de
veladores, consistiendo la posible sanción en multa de 1.500,01 euros, de conformidad al
Decreto de fecha 9/12/2024.
3.- Contra el presente Decreto podrá presentarse recurso potestativo de reposición
en el plazo de un mes, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o
anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de esta Ley, ante el mismo órgano que los
hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente al de la recepción de la
notificación (artºs. 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre) y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de
13 de julio.
No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al titular del
NIF 45066352Z, en los términos del Art. 44, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por el
presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
cve: BOE-N-2025-0e5226c9b8a86683fa62681503355f470b1a5359
Verificable en https://www.boe.es
Ceuta, 8 de mayo de 2025.- EL CONSEJERO DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y
SERVICIOS URBANOS Alejandro Ramírez Hurtado
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X