Administración Local. León. Ayuntamiento De Ponferrada. (BOE-N-2025-342541)
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Resolución Sancionadora Expediente 189/SO/24.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LEÓN
AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Resolución
Sancionadora Expediente 189/SO/24.
ID: N2500345442
SECRETARÍA GENERAL
SERVICIO CENTRAL ADMINISTRATIVO
REF. MGF/bbp
EXPTE.: 189/SO/2024
Participo a Vd. que con esta fecha el Sr. Concejal Delegado de Hacienda, Régimen
Interior y Contratación, ha dictado la siguiente resolución.
DECRETO.RESOLUCIÓN SANCIONADORA
Vista la denuncia formulada por la Policía Municipal de Ponferrada contra Dña.
Consuelo Corujo Morán, consistente en suministrar alimentos a animales vagabundos o
abandonados en la vía pública(colonia felina instalada en C/ Rodrigo Yáñez), careciendo
de autorización a los efectos descritos, hecho denunciado con fecha 7 de noviembre
2024 a las 13:43 horas, en la C/Rodrigo Yáñez nº14, conociendo y valorando su
reincidencia en conductas de idéntico tenor.
La Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana, Urbanismo y Fiestas, a la vista de
los hechos denunciados por la Policía Municipal mediante Resolución de fecha 31 de
diciembre de 2024 acordó la Iniciación de Expediente Sancionador con los efectos y en
los términos previstos en la legislación oportuna.
Debidamente notificado el Inicio de Expediente Sancionador, mediante publicación
en el B.O.E. n.º 24 de 28 de enero de 2025, toda vez que intentada la práctica reiterada
de la notificación en el domicilio del denunciado, ésta resulta infructuosa, por el
interesado no se procede a la formulación de escrito de alegaciones, figurando en el
Expediente la ratificación del Agente denunciante en los hechos descritos, por cuanto de
conformidad con lo establecido en art. 64.2.f.de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de no
efectuarse alegaciones en el plazo previsto sobre el contenido del acuerdo de iniciación,
éste podrá ser considerado Propuesta de Resolución.
Los hechos mencionados se consideran probados, atendido el valor probatorio que el
art. 77.5 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, otorga a los documentos formalizados por los funcionarios
a los que se reconoce la condición de autoridad y en los que, observándose los
cve: BOE-N-2025-e8075dddca57347aa69c47f7347af20379ca4ee2
Verificable en https://www.boe.es
ANTECEDENTES DE HECHO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LEÓN
AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Resolución
Sancionadora Expediente 189/SO/24.
ID: N2500345442
SECRETARÍA GENERAL
SERVICIO CENTRAL ADMINISTRATIVO
REF. MGF/bbp
EXPTE.: 189/SO/2024
Participo a Vd. que con esta fecha el Sr. Concejal Delegado de Hacienda, Régimen
Interior y Contratación, ha dictado la siguiente resolución.
DECRETO.RESOLUCIÓN SANCIONADORA
Vista la denuncia formulada por la Policía Municipal de Ponferrada contra Dña.
Consuelo Corujo Morán, consistente en suministrar alimentos a animales vagabundos o
abandonados en la vía pública(colonia felina instalada en C/ Rodrigo Yáñez), careciendo
de autorización a los efectos descritos, hecho denunciado con fecha 7 de noviembre
2024 a las 13:43 horas, en la C/Rodrigo Yáñez nº14, conociendo y valorando su
reincidencia en conductas de idéntico tenor.
La Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana, Urbanismo y Fiestas, a la vista de
los hechos denunciados por la Policía Municipal mediante Resolución de fecha 31 de
diciembre de 2024 acordó la Iniciación de Expediente Sancionador con los efectos y en
los términos previstos en la legislación oportuna.
Debidamente notificado el Inicio de Expediente Sancionador, mediante publicación
en el B.O.E. n.º 24 de 28 de enero de 2025, toda vez que intentada la práctica reiterada
de la notificación en el domicilio del denunciado, ésta resulta infructuosa, por el
interesado no se procede a la formulación de escrito de alegaciones, figurando en el
Expediente la ratificación del Agente denunciante en los hechos descritos, por cuanto de
conformidad con lo establecido en art. 64.2.f.de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de no
efectuarse alegaciones en el plazo previsto sobre el contenido del acuerdo de iniciación,
éste podrá ser considerado Propuesta de Resolución.
Los hechos mencionados se consideran probados, atendido el valor probatorio que el
art. 77.5 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, otorga a los documentos formalizados por los funcionarios
a los que se reconoce la condición de autoridad y en los que, observándose los
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ANTECEDENTES DE HECHO