Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Puebla Del Río, La. (BOE-N-2025-342886)
Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación Expediente Sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DEL RÍO, LA
Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación Expediente
Sancionador.
ID: N2500335169

DOÑA MARIA DOLORES PROSPER PEREZ, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL
AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DEL RIO (SEVILLA).HACE SABER: Que por Decreto de Alcaldía nº 265/2025, de fecha 3 de Marzo
ppdo., se inició expediente sancionador a D. Marcial Soto López, del siguiente tenor
literal:

1.- Que los hechos expuestos en la denuncia constituyen una infracción tipificada
como grave en el artículo 20.19 de la citada Ley y puede ser sancionado según dispone
el artículo 22.b) de la misma, con multa desde 300,51 a 30.050,61 euros. En el presente
caso, se considera ajustado al principio de proporcionalidad cifrarla en SETECIENTOS
CINCUENTA EUROS (750,00 euros), sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción.
2.- La Sra. Alcaldesa es el órgano competente para acordar el inicio del
procedimiento sancionador por los hechos denunciados.
Por cuanto antecede, y a la vista de lo expuesto, y en uso de las facultades que me
confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de Bases de Régimen
Local, en atención ello a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 5/2010, de 11 de Junio,
de Autonomía Local de Andalucía, así como el art. 41 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD
2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO
PRIMERO.- Iniciar procedimiento sancionador a D. Marcial Soto López para
determinar la infracción en que hubiera podido incurrir y la aplicación, en su caso, de la
sanción que en derecho proceda, por los hechos expuestos anteriormente, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

cve: BOE-N-2025-f4ef035b6a88c8b410ad2303034bb0db93c107db
Verificable en https://www.boe.es

“Visto el informe de la Policía Local de fecha 26 de Enero ppdo., sobre infracción a la
Ley 13/1999, de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
de Andalucía, en el que se hace constar que a las 04:32 horas del día 26 de Enero de
2025, mientras los agentes realizaban labores de vigilancia por la localidad, observaron
cómo el establecimiento denominado como Bar Los Primos se encontraba abierto y con
varias personas tanto en el interior como en los veladores consumiendo bebidas. Que los
agentes solicitan la presencia de la persona responsable en ese momento del
establecimiento en cuestión, resultando ser el Sr. Marcial, que se encontraba en ese
momento junto a varias personas en la puerta del establecimiento público, a la cual se le
expone el motivo de nuestra presencia, y se le informa del correspondiente horario,
según normativa que ha de cumplir en función del tipo de establecimiento que regenta.
Que se le insta a que finalice de servir más bebidas y proceda al cierre y desalojo del
establecimiento, y teniendo en cuenta: