Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Extremadura. Consejería De Salud Y Servicios Sociales. (BOE-N-2025-337532)
INSTITUTO DE CONSUMO DE EXTREMADURA. UNIDAD DE CÁCERES. Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimiento Sobre notificación de resolución del expediente sancionador nº EX10R021/147/2023-AJ0148, en materia de consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 4
Asimismo, conforme habilitación contenida en los artículos 50 del RDL 1/2007, de 16
de noviembre y 79 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, teniendo en cuenta las
circunstancias concurrentes en el presente, procede imponer como sanción accesoria:
Rectificación de los incumplimientos identificados en la presente resolución. Para la
conformidad en la ejecución por este órgano deberá remitir justificación de las
subsanaciones realizadas, de forma que permitan verificar a este órgano el cese de los
incumplimientos.
En el presente, procede la sustitución de la caja de cambio o su arreglo para evitar
las fugas.
Advertir que, en caso de incumplimiento en la ejecución de la sanción accesoria
impuesta, este organismo podrá imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de
tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, de forma que garanticen la
ejecución definitiva de la presente resolución administrativa, y todo ello de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 79 bis de la Ley 6/2019, de 20 de febrero. La cuantía de la
multa coercitiva será de 1.500 € en el requerimiento previo e inicial, sin perjuicio del resto
que sea procedente reiterar.
Órgano Resolutorio: La Directora General del Instituto de Consumo de Extremadura
Plazo de interposición de Recuso de Alzada, un mes, contado a partir del día
siguiente al de su publicación.
Órgano competente para resolver: La Presidenta del Instituto de Consumo de
Extremadura (Consejera de Salud y Servicios Sociales)
cve: BOE-N-2025-8c2e263860eec4608d320f51c11e8d2a3caf1bb7
Verificable en https://www.boe.es
CACERES, 24 de abril de 2025.- El Jefe de Servicio de Control de Mercados Fdo.:
José Antonio Cabrera Chaves
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 4
Asimismo, conforme habilitación contenida en los artículos 50 del RDL 1/2007, de 16
de noviembre y 79 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, teniendo en cuenta las
circunstancias concurrentes en el presente, procede imponer como sanción accesoria:
Rectificación de los incumplimientos identificados en la presente resolución. Para la
conformidad en la ejecución por este órgano deberá remitir justificación de las
subsanaciones realizadas, de forma que permitan verificar a este órgano el cese de los
incumplimientos.
En el presente, procede la sustitución de la caja de cambio o su arreglo para evitar
las fugas.
Advertir que, en caso de incumplimiento en la ejecución de la sanción accesoria
impuesta, este organismo podrá imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de
tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, de forma que garanticen la
ejecución definitiva de la presente resolución administrativa, y todo ello de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 79 bis de la Ley 6/2019, de 20 de febrero. La cuantía de la
multa coercitiva será de 1.500 € en el requerimiento previo e inicial, sin perjuicio del resto
que sea procedente reiterar.
Órgano Resolutorio: La Directora General del Instituto de Consumo de Extremadura
Plazo de interposición de Recuso de Alzada, un mes, contado a partir del día
siguiente al de su publicación.
Órgano competente para resolver: La Presidenta del Instituto de Consumo de
Extremadura (Consejera de Salud y Servicios Sociales)
cve: BOE-N-2025-8c2e263860eec4608d320f51c11e8d2a3caf1bb7
Verificable en https://www.boe.es
CACERES, 24 de abril de 2025.- El Jefe de Servicio de Control de Mercados Fdo.:
José Antonio Cabrera Chaves
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X