Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Sanlúcar De Barrameda. (BOE-N-2025-330191)
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 5
Asimismo, dispone el artículo 392.1 del RGLISTA que “Las sanciones que se
impongan a los distintos responsables de una misma infracción tendrán entre sí carácter
independiente, aunque se declararen en un único procedimiento, pero cuando una
misma infracción se haya realizado por varias personas conjuntamente, responderán de
forma solidaria de las sanciones que se impongan, salvo que la sanción pecuniaria se
pudiera individualizar en la resolución en función del grado de participación de cada
responsable.”
NOVENO.- Considerando que la tramitación del procedimiento es conforme a
Derecho, al haberse observado tanto los trámites legalmente establecidos así como los
principios informadores de la potestad sancionadora.
De conformidad con la exposición fáctica y jurídica que antecede, la Instructora que
suscribe propone lo siguiente:
PRIMERO.- Imponer una sanción de CINCUENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA
EUROS Y TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (50.550,38 euros) a la interesada con
Documento Nacional de Identidad nº 50.095.260-H, al interesado con Documento
Nacional de Identidad nº 75.851.166-H, al interesado con Documento Nacional de
Identidad nº 75.857.264-K, a la interesada con Documento Nacional de Identidad n.º
37.273.244-L, al interesado con Documento Nacional de Identidad nº 49.040.368-K y al
interesado con Documento Nacional de Identidad nº 31.593.339-X, como responsables
de la comisión de una infracción urbanística tipificada en los artículos 162 b) de la LISTA
y 380 b) del RGLISTA, sanción de la que responderán solidariamente.
SEGUNDO.- Notificar la presente Propuesta de Resolución a los interesados, con
indicación de que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 82 LPAC, dispondrán de un
plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES (excluidos sábados, domingos y festivos), para alegar
y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
El presente Expediente queda a disposición del interesado en las dependencias de la
Gerencia Municipal de Urbanismo del Excelentísimo Ayuntamiento de Sanlúcar de
Barrameda, sitas en Calle Baños nº 8.
cve: BOE-N-2025-061841f7cbf0f6769fd3f249d2f7bd106c7943b3
Verificable en https://www.boe.es
Sanlúcar de Barrameda, 5 de mayo de 2025.- El Oficial Mayor.- Víctor Barbero
Diéguez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 5
Asimismo, dispone el artículo 392.1 del RGLISTA que “Las sanciones que se
impongan a los distintos responsables de una misma infracción tendrán entre sí carácter
independiente, aunque se declararen en un único procedimiento, pero cuando una
misma infracción se haya realizado por varias personas conjuntamente, responderán de
forma solidaria de las sanciones que se impongan, salvo que la sanción pecuniaria se
pudiera individualizar en la resolución en función del grado de participación de cada
responsable.”
NOVENO.- Considerando que la tramitación del procedimiento es conforme a
Derecho, al haberse observado tanto los trámites legalmente establecidos así como los
principios informadores de la potestad sancionadora.
De conformidad con la exposición fáctica y jurídica que antecede, la Instructora que
suscribe propone lo siguiente:
PRIMERO.- Imponer una sanción de CINCUENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA
EUROS Y TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (50.550,38 euros) a la interesada con
Documento Nacional de Identidad nº 50.095.260-H, al interesado con Documento
Nacional de Identidad nº 75.851.166-H, al interesado con Documento Nacional de
Identidad nº 75.857.264-K, a la interesada con Documento Nacional de Identidad n.º
37.273.244-L, al interesado con Documento Nacional de Identidad nº 49.040.368-K y al
interesado con Documento Nacional de Identidad nº 31.593.339-X, como responsables
de la comisión de una infracción urbanística tipificada en los artículos 162 b) de la LISTA
y 380 b) del RGLISTA, sanción de la que responderán solidariamente.
SEGUNDO.- Notificar la presente Propuesta de Resolución a los interesados, con
indicación de que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 82 LPAC, dispondrán de un
plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES (excluidos sábados, domingos y festivos), para alegar
y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
El presente Expediente queda a disposición del interesado en las dependencias de la
Gerencia Municipal de Urbanismo del Excelentísimo Ayuntamiento de Sanlúcar de
Barrameda, sitas en Calle Baños nº 8.
cve: BOE-N-2025-061841f7cbf0f6769fd3f249d2f7bd106c7943b3
Verificable en https://www.boe.es
Sanlúcar de Barrameda, 5 de mayo de 2025.- El Oficial Mayor.- Víctor Barbero
Diéguez
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X