Administración Local. Araba/álava. Ayuntamiento De Arraia-maeztu. (BOE-N-2025-329996)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento declaración de situación legal de ruina física inminente y orden de ejecución.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
en situación de seguridad, y prevenir daños en los propios edificios o edificios
colindantes, y garantizar la seguridad pública, evitando cualquier riesgo o peligro para los
viandantes, que transiten por la vía pública, y
1. Requerir a los propietarios, que procedan en el plazo de 24 horas, a la colocación
de un vallado perimetral de dos metros de altura, alrededor del edificio nº 4, con la
consiguiente señalización, de manera que cualquier desprendimiento no cause daños a
los usuarios de la vía pública.
Requerirles asimismo para que en el plazo máximo de 10 días desde la notificación
de este requerimiento, presenten proyecto de derribo del anexo agrícola del que forma
parte el muro con peligro de desprendimiento a la vía pública, que incluya la retirada de
los elementos inestables y de los escombros que están desplomados sobre la calle
Bergara. De igual manera el proyecto incluirá los trabajos mínimos necesarios para
impedir la entrada de agua a los edificios colindantes que quedan en pie, de manera que
no se produzcan nuevos derrumbes. El documento deberá estar firmado por técnico
cualificado y visado por el correspondiente colegio profesional. En el plazo de 10 días
deberá aportar el nombramiento del técnico director de las obras.
Ordenar que en el plazo no superior a un mes desde la presentación del documento
requerido en el Ayuntamiento, se realicen los trabajos que en él se detallan, aportando
una vez concluido el correspondiente certificado final de obra.
Una vez finalizadas las reparaciones se presentará la factura de los trabajos en el
Ayuntamiento de Arraia-Maeztu para la liquidación del impuesto correspondiente.
2. Requerir a los propietarios, que procedan en el plazo de 24 horas, a colocar en el
nº 6 de la Calle Béngara un vallado perimetral de dos metros de altura con la
consiguiente señalización, de manera que la caída de cualquier desprendimiento no
cause daños a los usuarios de la vía pública.
Ordenarles asimismo, que en un plazo no superior a un mes desde la notificación del
requerimiento, realicen los trabajos de sustitución de las tablas podridas del alero
colindante con la vía pública. Una vez finalizadas las reparaciones se presentará la
factura de los trabajos en el ayuntamiento para la liquidación del impuesto
correspondiente.
Advertir a los propietarios, que el incumplimiento de la orden de ejecución de
colocación del vallado en los plazos concedidos, facultará al ayuntamiento a colocar en
ejecución subsidiaria, y de manera inmediata, el vallado perimetral, en ambos edificios,
para señalizar la zona y evitar daños a los usuarios de la vía pública. Y el incumplimiento
de presentación del proyecto de derribo del anexo del nº 4, o de las actuaciones de
sustitución de las tablas podridas del alero del nº 6, en los respectivos plazos, facultará al
inicio de expediente de ejecución subsidiaria de las actuaciones, por el ayuntamiento, a
costa de la propiedad, y a solicitar presupuestos a tres empresas, para la adjudicación
de las actuaciones y la liquidación del presupuesto a cargo de los propietarios,
acudiendo si es necesario a la vía de apremio, frente a su patrimonio.
VISTO.- Que el Decreto se notificó al hijo de la titular catastral (fallecida) D. Aitor
RESA GARCIA y a Dña. Rebeca CONDE MARTINEZ DE ALEGRIA, que figuran
empadronados en las viviendas nº 4 y 6 respectivamente y se publicó en el BOE nº 275,
de fecha 14 de noviembre de 2024, al desconocerse la identidad de los herederos de la
titular catastral.
VISTO.- Que tras la notificación, Dña. Rebeca CONDE MARTINEZ DE ALEGRIA,
solicitó licencia municipal, para ejecutar reparaciones en el edificio nº 6 y para el derribo
en el edificio nº 4, presentando proyecto de demolición del almacén agrícola, redactado
por técnico ingeniero agrónomo.
VISTO.- Que mediante Decretos 5/2025 y 6/2025, ambos de fecha 8 enero de 2025,
se concedió licencia municipal de obras a ambas actuaciones, notificándose a Dña.
cve: BOE-N-2025-d19f9fa8850f97a5476cf7d70c1f5984d4d994a7
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
en situación de seguridad, y prevenir daños en los propios edificios o edificios
colindantes, y garantizar la seguridad pública, evitando cualquier riesgo o peligro para los
viandantes, que transiten por la vía pública, y
1. Requerir a los propietarios, que procedan en el plazo de 24 horas, a la colocación
de un vallado perimetral de dos metros de altura, alrededor del edificio nº 4, con la
consiguiente señalización, de manera que cualquier desprendimiento no cause daños a
los usuarios de la vía pública.
Requerirles asimismo para que en el plazo máximo de 10 días desde la notificación
de este requerimiento, presenten proyecto de derribo del anexo agrícola del que forma
parte el muro con peligro de desprendimiento a la vía pública, que incluya la retirada de
los elementos inestables y de los escombros que están desplomados sobre la calle
Bergara. De igual manera el proyecto incluirá los trabajos mínimos necesarios para
impedir la entrada de agua a los edificios colindantes que quedan en pie, de manera que
no se produzcan nuevos derrumbes. El documento deberá estar firmado por técnico
cualificado y visado por el correspondiente colegio profesional. En el plazo de 10 días
deberá aportar el nombramiento del técnico director de las obras.
Ordenar que en el plazo no superior a un mes desde la presentación del documento
requerido en el Ayuntamiento, se realicen los trabajos que en él se detallan, aportando
una vez concluido el correspondiente certificado final de obra.
Una vez finalizadas las reparaciones se presentará la factura de los trabajos en el
Ayuntamiento de Arraia-Maeztu para la liquidación del impuesto correspondiente.
2. Requerir a los propietarios, que procedan en el plazo de 24 horas, a colocar en el
nº 6 de la Calle Béngara un vallado perimetral de dos metros de altura con la
consiguiente señalización, de manera que la caída de cualquier desprendimiento no
cause daños a los usuarios de la vía pública.
Ordenarles asimismo, que en un plazo no superior a un mes desde la notificación del
requerimiento, realicen los trabajos de sustitución de las tablas podridas del alero
colindante con la vía pública. Una vez finalizadas las reparaciones se presentará la
factura de los trabajos en el ayuntamiento para la liquidación del impuesto
correspondiente.
Advertir a los propietarios, que el incumplimiento de la orden de ejecución de
colocación del vallado en los plazos concedidos, facultará al ayuntamiento a colocar en
ejecución subsidiaria, y de manera inmediata, el vallado perimetral, en ambos edificios,
para señalizar la zona y evitar daños a los usuarios de la vía pública. Y el incumplimiento
de presentación del proyecto de derribo del anexo del nº 4, o de las actuaciones de
sustitución de las tablas podridas del alero del nº 6, en los respectivos plazos, facultará al
inicio de expediente de ejecución subsidiaria de las actuaciones, por el ayuntamiento, a
costa de la propiedad, y a solicitar presupuestos a tres empresas, para la adjudicación
de las actuaciones y la liquidación del presupuesto a cargo de los propietarios,
acudiendo si es necesario a la vía de apremio, frente a su patrimonio.
VISTO.- Que el Decreto se notificó al hijo de la titular catastral (fallecida) D. Aitor
RESA GARCIA y a Dña. Rebeca CONDE MARTINEZ DE ALEGRIA, que figuran
empadronados en las viviendas nº 4 y 6 respectivamente y se publicó en el BOE nº 275,
de fecha 14 de noviembre de 2024, al desconocerse la identidad de los herederos de la
titular catastral.
VISTO.- Que tras la notificación, Dña. Rebeca CONDE MARTINEZ DE ALEGRIA,
solicitó licencia municipal, para ejecutar reparaciones en el edificio nº 6 y para el derribo
en el edificio nº 4, presentando proyecto de demolición del almacén agrícola, redactado
por técnico ingeniero agrónomo.
VISTO.- Que mediante Decretos 5/2025 y 6/2025, ambos de fecha 8 enero de 2025,
se concedió licencia municipal de obras a ambas actuaciones, notificándose a Dña.
cve: BOE-N-2025-d19f9fa8850f97a5476cf7d70c1f5984d4d994a7
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111