Administración Local. Huelva. Ayuntamiento De San Juan Del Puerto. (BOE-N-2025-330333)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento notificación infructuosa al interesado de procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

espacio, con apertura de ventana a fachada, convirtiendo esta zona en planta primera,
en habitable. Y en planta baja cerramiento con puerta de cochera. Creando, por lo tanto,
un uso de aparcamiento cerrado en planta baja y vivienda en planta alta.
En la parte derecha de la fachada instalación de estructura similar a la anterior,
apertura de hueco de ventana para puerta, convirtiendo dicha zona, en planta primera,
en visitable. Creando, por lo tanto, un uso de porche en planta baja y terraza descubierta
en planta alta.
SEGUNDO. Señalar que, de acuerdo con lo previsto en el Informe de los Servicios
Técnicos Municipales de 17 de enero de 2024 y en el informe de los Servicios Jurídicos
Municipales de 25 de enero de 2024, las actuaciones descritas en el apartado anterior,
no son compatibles con la ordenación urbanística por incumplimiento del artículo 155 del
Plan General de Ordenación Urbanística de San Juan del Puerto, aprobado
definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la
Delegación de Huelva de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de
Andalucía, en fecha 31 de mayo de 2005 y publicado en el BOJA número 188 de 26 de
septiembre de 2005, en lo referido a la edificabillidad que se excede en 21,74 m2, por lo
que no resulta posible la legalización de la construcción que altera la volumetría del
edificio visto desde la fachada, por lo que será necesaria la reposición de la realidad
física alterada.
TERCERO. Notificar la presente resolución a los interesados para que puedan
examinar el expediente y presentar las alegaciones que tengan por conveniente,
otorgando un plazo de quince días.
CUARTO. Notificar al Registro de la Propiedad la incoación del procedimiento de
restablecimiento de la legalidad, para su publicidad y práctica de los asientos que
procedan.
QUINTO. Advertir que las actuaciones objeto del presente procedimiento de
reposición de la realidad física alterada, darán lugar, a la tramitación independiente del
correspondiente expediente sancionador.”
VISTO que el día 10 de mayo de 2024 tiene registro de entrada con el número 2024E-RC-2145 escrito de alegaciones por el que la interesada adjunta informe técnico, a los
efectos de llevar a cabo una serie de consideraciones y de las que se extrae la fecha
aproximada de finalización de las obras objeto del presente procedimiento, se colige, al
objeto de acreditar la prescripción.
VISTO que obra en el expediente informe número 2024-0620 de 29 de octubre de
2024 suscrito por el Servicio Técnico Municipal del que una vez analizada la prueba
aportada por la alegante y contrastada con otras informaciones que ha considerado
oportunas, se extrae lo siguiente:
“(…) SEGUNDO: El documento suscrito por el técnico D. Carlos Díaz Ferrera, es un
informe que concreta con rigor profesional el año aproximado que pudieron ser llevadas
a cabo las obras descritas en la citada vivienda.
Esta documentación no aporta certificado emitido por técnico competente acreditativo
de la fecha de antigüedad de las obras ilegalmente construidas. Se informa de las fechas
estimadas de la ejecución de las obras ilegalmente construidas; por lo que no se puede
considerar como un medio de prueba admitido en derecho”.
(…) QUINTO: Considerándose parcialmente como un medio de prueba admitido en
derecho, el informe del técnico D. Carlos Díaz Ferrera, así como las capturas de imagen
tomadas del street view de Google Maps de varias fechas, se puede considerar que las
obras consistentes en la ejecución en el lado izquierdo de un forjado con viguetas
metálicas y rasillones a nivel del techo de planta baja; delimitando el porche de garaje en
planta baja y terraza cubierta en planta alta; están prescritas; considerándose tanto el

cve: BOE-N-2025-e629298af273555acb761413145553bb9bf0385b
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Núm. 111