Administración Local. Las Palmas. Ayuntamiento De Tuineje. (BOE-N-2025-330516)
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento Sancionador de Tráfico y Seguridad Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

las infracciones de los arts. 77. h), j), n), ñ), o), p), q) y r). de acuerdo con lo dispuesto en
el art 93.2 de la LSV.
Transcurridos 20 días naturales desde la notificación de la denuncia sin haber
pagado o presentado alegaciones, ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del
Procedimiento y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la
notificación de la denuncia. Esto sólo será de aplicación en el caso de infracciones leves
o graves que no lleven asociada la pérdida de puntos o en el caso de graves o muy
graves cuya notificación se efectuase en el acto de la denuncia. Una vez firme la
sanción, el interesado dispondrá de un plazo final de quince días naturales para el pago
de la multa. Finalizado el plazo establecido sin que se haya pagado la multa, se iniciará
el procedimiento de apremio. El plazo máximo de duración del Procedimiento será de un
año contado desde la fecha de inicio hasta la resolución sancionadora; caso contrario se
producirá su caducidad, excepto los supuestos de suspensión (art. 112.3 de la LSV). En
las infracciones con puntos (anexo II de LSV), se detraerán del permiso o licencia
cuando la sanción sea firme. Formas de Pago. Podrán dirigirse al número de atención al
ciudadano Tlf. 928 09 02 77 en horario de 08:00 a 19:00, donde se informará de todos
los medios de pago disponibles.
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CIR - Reglamento General de Circulación