Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Salvador De Guardiola. (BOE-N-2025-330106)
Anuncio de notificación de 22 de abril de 2025 en procedimiento Orden de Ejecución.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 4

En consecuencia y fruto de lo expuesto, se propone requerir al propietario de la
parcela 8en este caso es un propietario desconocido) para que en los plazos máximos
siguientes se tomen las medidas correctoras que a continuación se describen:
1.Plazo de 10 días naturales para desarrollar las siguientes tareas:
- Apuntalar todas las partes susceptibles de falta de estabilidad y/o resistencia
(techos y paredes), de forma que el edificio no suponga ningún peligro para los vecinos
y/o peatones.
2.Plazo de 30 días naturales para desarrollar las siguientes tareas;
- Presentar a este Ayuntamiento:
a. Proyecto de rehabilitación de la cubierta de este edificio, visado y firmado por
técnico competente.
SEGUNDO. El plazo para la ejecución de las obras son los siguientes:
1.Plazo de 10 días naturales para desarrollar las siguientes tareas:
- Apuntalar todas las partes susceptible de falta de estabilidad y/o resistencia (techos
y paredes), de forma que el edificio no suponga ningún peligro para los vecinos y/o
peatones.
2.Plazo de 30 días naturales para desarrollar las siguientes tareas:
- Presentar a este Ayuntamiento:
a. Proyecto de rehabilitación de la cubierta de este edificio, visado y firmado por
técnico competente.
TERCERO. Notificar ésta de orden de ejecución al propietario interesado a los
efectos oportunos, advirtiéndole que el incumplimiento injustificado de la orden de
ejecución, se procederá a:
- La ejecución subsidiaria con cargo a la persona obligada.
— La imposición de multas coercitivas, de acuerdo con lo fijado por el artículo 225.2
del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de
3 de agosto, que se puede reiterar hasta que se cumpla la obligación de conservación.
CUARTO. Remitir la presente orden de ejecución al Registro de la Propiedad núm. 2
de Manresa a fin de que se haga constar, mediante nota marginal, la afección real del
inmueble en deber de conservación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la
presente se le da audiencia por un plazo de quince días para que se presente en las
dependencias de este Ayuntamiento y examine el expediente a los efectos de que
puedan alegarse y alegarse.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de esta Entidad, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o
bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se
optase por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya

cve: BOE-N-2025-d579130c05bc71cac97f285f1735970c234da0df
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Núm. 111