Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Calvià. (BOE-N-2025-319867)
POLICIA Y PROTECCIÓN CIVIL. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento Ajuntament de Calvià. Notificación resolución de Alcaldía de inicio de expedientes por supuesto abandono de vehículos en vía pública nº 954/2025 de fecha 19/02/2025. (VPI Febrero 2025). Ref. Edicto VPI Abril 29.04.2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 3

SEGUNDO.- Requerir al titular del vehículo para que en el plazo de un mes lo retire,
de conformidad con el que dispone el artículo 106.1 del RDL 6/2015, de 30 de octubre,
del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial.
En caso de que no retire su vehículo, se tratará como residuos sólido urbano, con las
siguientes consecuencias:
a) Traslado a un centro autorizado de tratamiento (CAT) para su destrucción y
descontaminación, y baja de oficio en el Registro de la Dirección General de Tráfico.
b) Liquidación de las tasas que correspondan por la retirada del vehículo, todo ello
sin perjuicio de las deudas que se hayan contraído con la Administración municipal o con
otras administraciones, a las que tendrán que hacer frente los titulares de los vehículos.
c) La administración, asimismo, podrá dar al vehículo el destino establecido en el
artículo 106.3 del citado RDL. 6/2015.
d) En virtud de lo dispuesto en el artículo 111.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminantes para una economía circular, se remitirán los
expedientes a la Unidad de Infracciones e Inspección municipal para que se incoen los
correspondientes expedientes administrativos de carácter sancionador por abandono de
residuo sólido urbano, que está tipificado como falta grave con la imposición de una
sanción económica desde 2.001 euros hasta 100.000 euros.
TERCERO.- Otorgar el trámite de audiencia del expediente al titular del vehículo para
que, en el plazo de quince días, pueda alegar y manifestar lo que estime conveniente. En
el caso que no presentar alegaciones, el vehículo se tratará como residuo sólido urbano,
con las consecuencias señaladas en el punto anterior.
CUARTO.- Informar que, si su intención es deshacerse del vehículo, se puede
solicitar la RENUNCIA, siempre que no exista débito alguno a favor del Ayuntamiento de
Calvià ni de cualquier otra administración (precinto), mediante la presentación de la
instancia y el formulario en el Registro General del Ajuntament de Calvià, en el plazo
indicado de quince días, previo pago de las tasas que legalmente correspondan.
En caso de renuncia, se procederá a la descontaminación y destrucción del vehículo
con la exención del abono de la tasa por destrucción y tramitación de baja administrativa
de 159,50 €.

Lo que traslado a Usted a los efectos que procedan, significándole que, contra la
presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, no cabe ningún recurso al
tratarse de actos de trámite, por lo que la oposición a los mismos podrá alegarse por
Usted para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo
con lo que se prevé en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015.
Calvià, 29 de abril de 2025.- La Teniente de Alcalde delegada de Policía local,
Protección Civil, Juventud, Participación Ciudadana, Eventos y Ciudadanos Extranjeros.
Esperanza Catalá Ribó

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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QUINTO.- Notificar la presente resolución al titular del vehículo con expresión de los
recursos que contra esta sea necesario interponer.