Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Camarma De Esteruelas. (BOE-N-2025-319955)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento relativo a la publicación de la resolución de Alcaldía nº 2025-0958 de fecha 28 de abril de expedientes de bajas de oficio en el padrón municipal de habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
154***78T
David Monge Plata
046***26N
Nohelia Carretero Pérez
509***33D
Ivan Guadamillas Silveira
074***69T
Carmelo Adolfo Lopez Caro
090***73D
Cesar Fernandez Herrero
092***25V
Dulce Maria Martinez Reyes
091***71R
Magdalena Esono Biyogo
719***87C
Miguel Esono Biyogo
098***39N
Antonina Bile Biyogo Asangono
Supl. N. Pág. 2
___________ Oscar Juan Justino Esono Biyogo
091***38T
Jose Oscar Esono Asangono
091***03S
Daniel Abad Martinez
Y57***29T
Pedro Julio Gonzalez Medina
TERCERO.- Remitir al Consejo de Empadronamiento copia del expediente para su
Resolución.
Contra este acuerdo/resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los
siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de esta notificación.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Madrid, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de la recepción de esta notificación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente".
Camarma de Esteruelas en la fecha al margen izquierdo reseñada.
Camarma de Esteruelas, 30 de abril de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta, Dª Ana
Victoria Cruz Martin
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-6987b76b0e4a43182e710bbf8c37d589adc0a2b4
Verificable en https://www.boe.es
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de
reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Madrid desde el día siguiente al de la desestimación presunta.
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
154***78T
David Monge Plata
046***26N
Nohelia Carretero Pérez
509***33D
Ivan Guadamillas Silveira
074***69T
Carmelo Adolfo Lopez Caro
090***73D
Cesar Fernandez Herrero
092***25V
Dulce Maria Martinez Reyes
091***71R
Magdalena Esono Biyogo
719***87C
Miguel Esono Biyogo
098***39N
Antonina Bile Biyogo Asangono
Supl. N. Pág. 2
___________ Oscar Juan Justino Esono Biyogo
091***38T
Jose Oscar Esono Asangono
091***03S
Daniel Abad Martinez
Y57***29T
Pedro Julio Gonzalez Medina
TERCERO.- Remitir al Consejo de Empadronamiento copia del expediente para su
Resolución.
Contra este acuerdo/resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los
siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de esta notificación.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Madrid, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de la recepción de esta notificación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente".
Camarma de Esteruelas en la fecha al margen izquierdo reseñada.
Camarma de Esteruelas, 30 de abril de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta, Dª Ana
Victoria Cruz Martin
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-6987b76b0e4a43182e710bbf8c37d589adc0a2b4
Verificable en https://www.boe.es
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de
reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Madrid desde el día siguiente al de la desestimación presunta.