Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Parres. (BOE-N-2025-319491)
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimiento de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de Parres por inclusión indebida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE PARRES
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimiento de baja en el Padrón
Municipal de Habitantes de Parres por inclusión indebida.
ID: N2500319444

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE BAJA DE OFICIO.Resultando que el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, por el que se aprueba el
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en relación
con el artículo 54 del mismo texto legal, y el desarrollo contenido en la Resolución de 17
de Febrero de 2020, sobre gestión del padrón municipal, los Ayuntamientos darán de
baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados en el domicilio
donde no residen habitualmente, una vez comprobada dicha circunstancia en el
correspondiente expediente administrativo.
Visto que seguida la tramitación preceptiva, la correspondiente notificación y
audiencia al interesado, al resultar devueltas por el Servicio de Correos la notificación,
fue publicado anuncio en el BOE Nº 6 de fecha 7 de enero de 2025 y en el Tablón de
Edictos del Ayuntamiento, sin que durante el plazo de 15 días se haya presentado
reclamación alguna.
Visto que en el expediente consta el informe favorable emitido por la Sección
Provincial del Consejo de Empadronamiento, en sesión de fecha 1 de abril de 2025, en
relación con la solicitud del Ayuntamiento para que proceder a dar la baja de oficio.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe favorable emitido por
el Consejo de Empadronamiento de Asturias y de conformidad con el artículo 21.1.s) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
PRIMERO. Dar de baja de oficio a D/DÑA. OSCAR IBAÑEZ LOPEZ por no residir en
el domicilio en el que se encuentra empadronado.
SEGUNDO. Realizar las operaciones necesarias para mantener actualizado el
Padrón, de modo que los datos contenidos en este concuerden con la realidad.
TERCERO. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Tablón de Edictos
del Ayuntamiento, así como en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO a fin de dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas ya que se ignora
el domicilio actual de los interesados.
REGIMEN DE RECURSOS
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa, conforme a lo establecido en el
art.52 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 114
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra el citado acuerdo podrá interponer alternativamente los siguientes recursos:

cve: BOE-N-2025-93ff516de9736242757edd06929be013956a3242
Verificable en https://www.boe.es

RESUELVO