Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Navarcles. (BOE-N-2025-317230)
Anuncio de notificación de 14 de abril de 2025 en procedimiento de notificación de resolución de alegaciones y ampliación de orden de ejecución.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Viernes 2 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE NAVARCLES
Anuncio de notificación de 14 de abril de 2025 en procedimiento de notificación de
resolución de alegaciones y ampliación de orden de ejecución.
ID: N2500294334

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
sobre la notificación de las resoluciones y actos administrativos y su práctica, se publica,
en sustitución de la notificación, que intentada ésta, no se ha podido practicar, el
siguiente acto a los interesados con identificación 39528781S, 39378492P y 41680590J:
"Antecedentes
En fecha 14.01.2025 la alcaldía dictó la siguiente resolución (2025DECRE000017):
"Primero.- Valorada la medida cautelar urgente adoptada en fecha 11 de enero de
2025 que no admitía demora en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95 del Decreto
64/2014 consistente en el desalojo inmeditado de las viviendas de la calle Verger 22 y la
prohibición de uso del inmueble (mediante la instalación de una puerta), medida que
debe mantenerse hasta el arreglo total de las actuaciones contenidas en la presente
orden de ejecución con el fin de garantizar la seguridad de la vivienda. personas.
Segundo.- Incoar expediente administrativo de orden de ejecución al INSTITUT
CATALÀ DEL SÒL, en su condición de propietario del edificio y de los pisos afectados
por el incendio, concretando esta orden en los siguientes aspectos:

Plazo máximo para llevar a cabo la actuación: 7 días hábiles.
2º.- Efectuar las obras de reparación de las instalaciones eléctricas tanto
comunitarias como de las propias viviendas y aquellas indispensables para alcanzar los
mínimos de habitabilidad en las viviendas.
Plazo máximo para llevar a cabo la actuación: 15 días hábiles
Las actuaciones en el edificio se realizarán bajo la dirección de técnico competente,
adoptándose las medidas de seguridad en el trabajo correspondientes. Las obras
deberán ser dirigidas por técnico habilitado, con plena observancia del Real Decreto
1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de
seguridad y de salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de
1997) y disposiciones sucesivas.
Los primeros diez días de los plazos expresados tienen simultáneamente la
condición de periodo de audiencia. Si se formularan alegaciones en estos primeros diez
días, se entenderá suspendido el plazo de ejecución hasta que se hayan resuelto
expresamente.

cve: BOE-N-2025-4ad52335e6f27e949b7faf379c8f3fd3e8ecdc38
Verificable en https://www.boe.es

1º.- Efectuar de manera inmediata obras y actuaciones para alcanzar los mínimos de
salubridad e higiene, consistentes en retirada de material insalubre y limpieza del
inmueble, así como la reparación del tejado afectado por el fuego para garantizar la
estanqueidad de la zona comunitaria e instalaciones.