Administración Local. Badajoz. Ayuntamiento De Villafranca De Los Barros. (BOE-N-2025-317098)
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimiento Ley 5/2018, de 3 de mayo, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia en su artículo 34. A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Jueves 1 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BADAJOZ
AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DE LOS BARROS
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimiento Ley 5/2018, de 3 de
mayo, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la
adolescencia en su artículo 34. A.
ID: N2500310021

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 39/2015, por la que se
aprueba la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común, y habiéndose intentado en sendas ocasiones la notificación a los
interesados del Decreto que se transcribe literalmente en Anexo a este Edicto y según lo
dispuesto en la Ley 5/2018, de 3 de mayo, de prevención del consumo de bebidas
alcohólicas en la infancia y la adolescencia en su artículo 34. A, se inserta anuncio en el
BOE de este edicto para que surta efecto como notificación:
ANEXO QUE SE CITA:

Considerando que tales hechos son constitutivos de una infracción Leve tipificada en
la Ley 5/2018, Art. 35 apartado a), de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en
la infancia y la adolescencia. Son faltas leves: “Consumo de bebidas alcohólicas en los
lugares en los que esté prohibido”. A dicha infracción le puede corresponder una sanción
de multa de ciento cincuenta euros (150 €), debiendo además indemnizar por los
perjuicios ocasionados que puedan corresponder.
Considerando presunto responsable D. Viorel Linca de la citada infracción; y de
conformidad con las exigencias para los acuerdos de iniciación en los procedimientos de
naturaleza sancionadora del art. 64 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (L.P.A.C.A.P.).
Considerando las atribuciones que tengo legalmente conferidas conforme al art. 21
de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
PRIMERO. Incoar procedimiento sancionador contra D. Viorel Linca. Se señala una
infracción tipificada en el artículo 35. A de la L.P.C.B.A.I.A por los siguientes hechos:
“Que a las 13:58 horas, mientras se realiza servicio dinámico de seguridad ciudadana, se
observa a D. Viorel Linca sentado en un banco en C/Lope de Vega junto al Parque
Público bebiendo de una botella de vidrio de 1 litro de cerveza con la etiqueta verde de la

cve: BOE-N-2025-532f23290d1213038fa156bf926ea933210c028a
Verificable en https://www.boe.es

Resultando la denuncia de fecha 01/04/2025 a las 13:58 horas de los Agentes de la
Policía local con N. I.P. 1687, 1809 y 1862, contra D. Viorel Linca con NIE nº ***185***
por los siguientes hechos: “Que a las 13:58 horas, mientras se realiza servicio dinámico
de seguridad ciudadana, se observa a D. Viorel Linca sentado en un banco en C/Lope de
Vega junto al Parque Público bebiendo de una botella de vidrio de 1 litro de cerveza con
la etiqueta verde de la marca Embrau. Que dicha bebida contiene un 4.5 % de
graduación de alcohol por lo que es considerada bebida alcohólica, hecho del cual es
informado el presunto infractor. Que en el momento de la infracción el lugar se encuentra
con gran número de menores de edad ya que se trata de un lugar con varios centros
educativos alrededor. Que se le informa de la infracción y de la propuesta para sanción”.