Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Sant Joan De Labritja. (BOE-N-2025-274437)
Anuncio de notificación de 8 de abril de 2025 en procedimiento de denuncia, por infracciones de tráfico, a los denunciados que se citan.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 2
figuran en el procedimiento o se hubiese tenido en cuenta en la resolución otros hechos
u otras alegaciones diferentes a las aducidas por el interesado. No se tendrá en cuenta
posteriormente hechos, documentos ni alegaciones que pudiera aportar el interesado en
este momento procedimental. Cuando se trate de infracciones leves o infracciones
graves que no detraigan puntos, si no formula alegaciones ni abona el importe de la
multa, esta notificación de denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del
procedimiento sancionador, pudiendo presentar en el plazo de un mes recurso
potestativo de reposición contra la sanción, no suspendiendo la ejecución del acto
impugnado, que podrá ejecutarse transcurridos 30 días naturales, con lo que pone fin a
la vía administrativa. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la
ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la
solicitud sin que se haya resuelto. Cuando se trate de infracciones graves con puntos y
infracciones muy graves, si no formula alegaciones tendrá esta notificación la
consideración de propuesta de resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del
Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real Decreto 1398/1993).
Se le comunica al interesado que esta infracción lleva aparejada la pérdida de
puntos, si así se indica en la casilla correspondiente, al estar incluida en el Anexo II o IV
de la LSV. Siendo el órgano competente la DGT. Pudiendo consultar su saldo puntos en
la página web www.dgt.es.
Sant Joan de Labritja, 8 de abril de 2025.- El Tesorero accidental
cve: BOE-N-2025-a7e71b6e92653ce5680e4d632038a6473d9fec3b
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 2
figuran en el procedimiento o se hubiese tenido en cuenta en la resolución otros hechos
u otras alegaciones diferentes a las aducidas por el interesado. No se tendrá en cuenta
posteriormente hechos, documentos ni alegaciones que pudiera aportar el interesado en
este momento procedimental. Cuando se trate de infracciones leves o infracciones
graves que no detraigan puntos, si no formula alegaciones ni abona el importe de la
multa, esta notificación de denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del
procedimiento sancionador, pudiendo presentar en el plazo de un mes recurso
potestativo de reposición contra la sanción, no suspendiendo la ejecución del acto
impugnado, que podrá ejecutarse transcurridos 30 días naturales, con lo que pone fin a
la vía administrativa. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la
ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la
solicitud sin que se haya resuelto. Cuando se trate de infracciones graves con puntos y
infracciones muy graves, si no formula alegaciones tendrá esta notificación la
consideración de propuesta de resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del
Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real Decreto 1398/1993).
Se le comunica al interesado que esta infracción lleva aparejada la pérdida de
puntos, si así se indica en la casilla correspondiente, al estar incluida en el Anexo II o IV
de la LSV. Siendo el órgano competente la DGT. Pudiendo consultar su saldo puntos en
la página web www.dgt.es.
Sant Joan de Labritja, 8 de abril de 2025.- El Tesorero accidental
cve: BOE-N-2025-a7e71b6e92653ce5680e4d632038a6473d9fec3b
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 89