Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Orotava, La. (BOE-N-2025-274472)
Anuncio de notificación de 7 de abril de 2025 en procedimiento reiteración orden de ejecución debido a inmueble en C/ San Juan propiedad de los Herederos de doña Indalecia Cabrera Hernández.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Sábado 12 de abril de 2025

Supl. N. Pág. 6

1.- La limpieza y el desbroce de la parcela no edificada objeto de las denuncias
formuladas.
2.- La retirada del material vegetal generado por las referidas tareas de limpieza y
desbroce.
3.- La desinfección, la desinsectación y la desratización de la parcela.
Para la realización de las actuaciones, se deberá tener cuidado en la retirada de la
hiedra de los elementos del acueducto Molino de La Magnolia, al objeto de no provocar
daños al BIC, tal y como ha indicado el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.
IX.- La Oficina Técnica municipal, en nuevo informe de fecha 21 de febrero pasado y
tras girar visita de inspección, indicó que:
“(…) Día de la visita: 19/02/2025 Hora: 08:15
Se visita el lugar denunciado para comprobar la realidad física del mismo. Se
procede a la inspección del lugar y se observa que NO se han ejecutado las labores de
limpieza de la maleza existente en la parcela objeto de la denuncia.
3º.- Medidas definitivas adoptar, plazo de ejecución y coste de ejecución de las
mismas atendiendo a los principios de menor coste económico y menor intervención
posible.
3.1. Las medidas definitivas:
Reiterar la orden de limpieza y desbroce de parcela, retirada de material vegetal,
desinfección y labores de limpieza y poda.
3.2. Plazo de Ejecución:
1 Mes.
3.3. Coste de ejecución de las medidas.
X.- La Sra. directora Insular de Planificación Territorial, Paisaje y Patrimonio Histórico
del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, mediante Resolución de fecha 27 de marzo de
2025, resolvió autorizar, en materia de patrimonio cultural y sin perjuicio del resto de la
normativa sectorial y urbanística aplicable, las actuaciones contenidas en la orden de
ejecución en relación con la peligrosidad por el estado de abandono en la parcela
situada en la Calle San Juan nº 75, en el término municipal de La Orotava, dictada por el
Excelentísimo Ayuntamiento de La Orotava, CONDICIONADO, tal y como señala el
informe de la Unidad Técnica de Patrimonio Histórico a que: “se deberá tener cuidado en
la retirada de la hiedra de los elementos del acueducto Molino de La Magnolia, al objeto
de no provocar daños al BIC.”
XI.- Consta en el expediente informe jurídico de fecha 2 de abril de 2025.
En base a los anteriores antecedentes de hecho y considerando que:
Primero.- El Régimen Jurídico aplicable al presente expediente viene determinado
fundamentalmente por:
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de
Canarias.
Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias.
Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.

cve: BOE-N-2025-588602cbf81e1e207ab6bcfc0233d82aec287e56
Verificable en https://www.boe.es

No se establecen. (…)”