Administración Local. Pontevedra. Ayuntamiento De Caldas De Reis. (BOE-N-2025-274467)
Anuncio de notificación de 7 de abril de 2025 en procedimiento de declaración de ruina urbanística con orden de demolición de inmueble en O Pazo 27 - Santa Maria.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 3
Santa María no ha sido demolido, de lo cual se tomaron fotografías que se
adjuntan.../...”.
Considerando lo anterior, se procedió a la incoación del procedimiento de ejecución
forzosa para la imposición de una segunda multa coercitiva por importe de MIL EUROS
(1.000,00.-€), concediendo trámite de audiencia a la persona interesada, de conformidad
con lo señalado en el artículo 82 LPACAP, por plazo de QUINCE DÍAS, sin que constara
alegaciones, documentación o justificaciones presentadas en fase de audiencia, por lo
que procede la imposición de una segunda multa coercitiva por importe de MIL EUROS
(1.000,00.-€).
(…)”
Es por lo que a la vista de los antecedentes y de acuerdo con las atribuciones
otorgadas por la legislación vigente, vengo en dictar la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- IMPONER UNA SEGUNDA MULTA COERCITIVA POR IMPORTE DE
MIL EUROS (1.000,00.-€) a Don ****************** con N.I.F. número 76871477A, por
incumplimiento de la orden de demolición del inmueble sito en El Pazo número 27 –
Santa María (Caldas de Reis), en la parcela con referencia catastral 36005A01200168,
contenida en la Resolución de Alcaldía de fecha 30/08/2023, Decreto núm. 2023-1617,
notificada mediante registro de salida número 2023-S-RC-1549 y publicada en el BOE en
fecha 18/10/2023.
El importe de la multa deberá hacerse efectivo en la cuenta de ABANCA - ES43 2080
5019 4030 4000 5553, en el plazo establecido en el artículo 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, mediante ingreso a favor del Ayuntamiento de Caldas de
Reis. El artículo 62.2 LGT establece que se la notificación se realiza entre los días 1 y 15
de cada mes, desde la data de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes
posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación se
realiza entre los días 16 y el último de cada mes, desde la data de recepción de la
notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
TERCERO.- REQUERIR NUEVAMENTE a Don *************** con NIF 76871477A,
para que proceda la ejecución de la orden de demolición del inmueble sito en El Pazo
número 27 – Santa María (Caldas de Reis), en la parcela con referencia catastral
36005A01200168 contenida en la Resolución de Alcaldía de fecha 30/08/2023, Decreto
núm. 2023-1617, otorgando un NUEVO PLAZO DE DOS (2) MESES, debiendo
presentar proyecto técnico de demolición, visado por el Colegio Profesional que proceda,
y que deberá ser objeto del informe sectorial de la Consellería de Cultura, Lengua y
Juventud a causa del emplazamiento dentro del área de protección de elementos
catalogados.
A estos efectos a la persona interesada deberá presentar solicitud de licencia
urbanística junto con el proyecto técnico de demolición y demás documentación que
resulte preceptiva.
Al mismo tiempo, las obras deberán ser ejecutadas segundo la buena práctica de la
construcción, en las debidas condiciones de seguridad, prevención de riesgos laborales
y salud laboral y aquellas que garanticen la seguridad para las personas y bienes
durante su desarrollo.
CUARTO.- Advertir a la persona interesada que ante el incumplimiento de lo
ordenado, la administración municipal procederá a la ejecución forzosa mediante la
imposición de multas coercitivas de 1.000 a 10.000 euros, reiterables trimestralmente,
cve: BOE-N-2025-d3dbc22ae31ea5209fcb17a8897b8f71a59681cb
Verificable en https://www.boe.es
SEGUNDO.- Advertir a la persona interesada que, de no hacer efectivo el importe de
la multa en el plazo señalado, se procederá por la vía de apremio.
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 3
Santa María no ha sido demolido, de lo cual se tomaron fotografías que se
adjuntan.../...”.
Considerando lo anterior, se procedió a la incoación del procedimiento de ejecución
forzosa para la imposición de una segunda multa coercitiva por importe de MIL EUROS
(1.000,00.-€), concediendo trámite de audiencia a la persona interesada, de conformidad
con lo señalado en el artículo 82 LPACAP, por plazo de QUINCE DÍAS, sin que constara
alegaciones, documentación o justificaciones presentadas en fase de audiencia, por lo
que procede la imposición de una segunda multa coercitiva por importe de MIL EUROS
(1.000,00.-€).
(…)”
Es por lo que a la vista de los antecedentes y de acuerdo con las atribuciones
otorgadas por la legislación vigente, vengo en dictar la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- IMPONER UNA SEGUNDA MULTA COERCITIVA POR IMPORTE DE
MIL EUROS (1.000,00.-€) a Don ****************** con N.I.F. número 76871477A, por
incumplimiento de la orden de demolición del inmueble sito en El Pazo número 27 –
Santa María (Caldas de Reis), en la parcela con referencia catastral 36005A01200168,
contenida en la Resolución de Alcaldía de fecha 30/08/2023, Decreto núm. 2023-1617,
notificada mediante registro de salida número 2023-S-RC-1549 y publicada en el BOE en
fecha 18/10/2023.
El importe de la multa deberá hacerse efectivo en la cuenta de ABANCA - ES43 2080
5019 4030 4000 5553, en el plazo establecido en el artículo 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, mediante ingreso a favor del Ayuntamiento de Caldas de
Reis. El artículo 62.2 LGT establece que se la notificación se realiza entre los días 1 y 15
de cada mes, desde la data de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes
posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación se
realiza entre los días 16 y el último de cada mes, desde la data de recepción de la
notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
TERCERO.- REQUERIR NUEVAMENTE a Don *************** con NIF 76871477A,
para que proceda la ejecución de la orden de demolición del inmueble sito en El Pazo
número 27 – Santa María (Caldas de Reis), en la parcela con referencia catastral
36005A01200168 contenida en la Resolución de Alcaldía de fecha 30/08/2023, Decreto
núm. 2023-1617, otorgando un NUEVO PLAZO DE DOS (2) MESES, debiendo
presentar proyecto técnico de demolición, visado por el Colegio Profesional que proceda,
y que deberá ser objeto del informe sectorial de la Consellería de Cultura, Lengua y
Juventud a causa del emplazamiento dentro del área de protección de elementos
catalogados.
A estos efectos a la persona interesada deberá presentar solicitud de licencia
urbanística junto con el proyecto técnico de demolición y demás documentación que
resulte preceptiva.
Al mismo tiempo, las obras deberán ser ejecutadas segundo la buena práctica de la
construcción, en las debidas condiciones de seguridad, prevención de riesgos laborales
y salud laboral y aquellas que garanticen la seguridad para las personas y bienes
durante su desarrollo.
CUARTO.- Advertir a la persona interesada que ante el incumplimiento de lo
ordenado, la administración municipal procederá a la ejecución forzosa mediante la
imposición de multas coercitivas de 1.000 a 10.000 euros, reiterables trimestralmente,
cve: BOE-N-2025-d3dbc22ae31ea5209fcb17a8897b8f71a59681cb
Verificable en https://www.boe.es
SEGUNDO.- Advertir a la persona interesada que, de no hacer efectivo el importe de
la multa en el plazo señalado, se procederá por la vía de apremio.