Administración Local. Pontevedra. Ayuntamiento De Caldas De Reis. (BOE-N-2025-274467)
Anuncio de notificación de 7 de abril de 2025 en procedimiento de declaración de ruina urbanística con orden de demolición de inmueble en O Pazo 27 - Santa Maria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 2
Normativa aplicable
•Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Ley del Suelo).
•Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG).
•Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del Suelo de Galicia aprobado por
Decreto 143/2016, de 22 de septiembre (RLSG).
•Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por la que se aprueban las normas
complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre
Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.
•Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
•Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL).
•Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
(ROFXEL).
•Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia (LALGA).
•Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (LPACAP).
•Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (LRXSP).
•Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por lo que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
•Ley 5/2016, de 4 de mayo, de Patrimonio Cultural de Galicia.
•Plan General de Ordenación de Municipal de Caldas de Reis, aprobado
parcialmente por Orden de la conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
del día 22.12.2016 y totalmente mediante Orden de 11 de octubre de 2018 (DOG núm.
209 de 02/11/2018).
Se emite informe jurídico de fecha 05/02/202 emitido por el Técnico de
Administración General (TAX) del Ayuntamiento, en el que se indica;
Se procedió la incoación del procedimiento de ejecución forzosa para la imposición
de una primera multa coercitiva por importe de MIL EUROS (1.000,00.-€), concediendo
trámite de audiencia a la persona interesada, de conformidad con el señalado en el
artículo 82 LPACAP, por plazo de QUINCE DÍAS, sin que constara alegaciones,
documentación o justificaciones presentadas en fase de audiencia, por lo que se impuso
una primera multa coercitiva, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 08/03/2024,
Decreto núm. 2024-0539.
Al mismo tiempo, se procedió a requerir nuevamente a la persona interesada para
que proceda a ejecutar la orden de demolición en los términos señalados en la
resolución de alcaldía, otorgando un nuevo plazo de DOS (2) MESES para que presente
proyecto técnico de demolición, visado por el Colegio Profesional que proceda, y que
deberá ser objeto de informe sectorial de la Consellería de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades a causa del emplazamiento dentro del área de
protección de elementos catalogados. A estos efectos la persona interesada deberá
presentar solicitud de licencia urbanística junto con el proyecto técnico de demolición y
demás documentación que resulte preceptiva.
En este sentido, consta informe de Policía Local de fecha 22/08/2024, donde se
señala que “.../...De la inspección se comprueba que el inmueble con el Nº27 del Pazo –
cve: BOE-N-2025-d3dbc22ae31ea5209fcb17a8897b8f71a59681cb
Verificable en https://www.boe.es
“(…)
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 2
Normativa aplicable
•Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Ley del Suelo).
•Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG).
•Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del Suelo de Galicia aprobado por
Decreto 143/2016, de 22 de septiembre (RLSG).
•Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por la que se aprueban las normas
complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre
Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.
•Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
•Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL).
•Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
(ROFXEL).
•Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia (LALGA).
•Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (LPACAP).
•Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (LRXSP).
•Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por lo que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
•Ley 5/2016, de 4 de mayo, de Patrimonio Cultural de Galicia.
•Plan General de Ordenación de Municipal de Caldas de Reis, aprobado
parcialmente por Orden de la conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
del día 22.12.2016 y totalmente mediante Orden de 11 de octubre de 2018 (DOG núm.
209 de 02/11/2018).
Se emite informe jurídico de fecha 05/02/202 emitido por el Técnico de
Administración General (TAX) del Ayuntamiento, en el que se indica;
Se procedió la incoación del procedimiento de ejecución forzosa para la imposición
de una primera multa coercitiva por importe de MIL EUROS (1.000,00.-€), concediendo
trámite de audiencia a la persona interesada, de conformidad con el señalado en el
artículo 82 LPACAP, por plazo de QUINCE DÍAS, sin que constara alegaciones,
documentación o justificaciones presentadas en fase de audiencia, por lo que se impuso
una primera multa coercitiva, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 08/03/2024,
Decreto núm. 2024-0539.
Al mismo tiempo, se procedió a requerir nuevamente a la persona interesada para
que proceda a ejecutar la orden de demolición en los términos señalados en la
resolución de alcaldía, otorgando un nuevo plazo de DOS (2) MESES para que presente
proyecto técnico de demolición, visado por el Colegio Profesional que proceda, y que
deberá ser objeto de informe sectorial de la Consellería de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades a causa del emplazamiento dentro del área de
protección de elementos catalogados. A estos efectos la persona interesada deberá
presentar solicitud de licencia urbanística junto con el proyecto técnico de demolición y
demás documentación que resulte preceptiva.
En este sentido, consta informe de Policía Local de fecha 22/08/2024, donde se
señala que “.../...De la inspección se comprueba que el inmueble con el Nº27 del Pazo –
cve: BOE-N-2025-d3dbc22ae31ea5209fcb17a8897b8f71a59681cb
Verificable en https://www.boe.es
“(…)