Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunitat Valenciana. Conselleria De Innovación, Industria, Comercio Y Turismo. (BOE-N-2025-257755)
SERVICIO TERRITORIAL DE COMERCIO, ARTESANÍA Y CONSUMO - ALICANTE. Anuncio de notificación de 2 de abril de 2025 en procedimiento de arbitraje en materia de consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Martes 8 de abril de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNITAT VALENCIANA
CONSELLERIA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
SERVICIO TERRITORIAL DE COMERCIO, ARTESANÍA Y CONSUMO - ALICANTE.
Anuncio de notificación de 2 de abril de 2025 en procedimiento de arbitraje en materia de
consumo.
ID: N2500259551

JUNTA ARBITRAL PROVINCIAL DE CONSUMO DE ALICANTE
EDICTO
La Junta Arbitral Provincial de Consumo, en relación con el expediente número
COIJAC/2023/357/03, tras el intento de notificación del laudo arbitral, sin resultado
positivo, al último domicilio conocido de la parte reclamante afectada en la causa, y a los
efectos establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publica el
siguiente anuncio:
COIJAC/2023/357/03
En la sede de la Junta Arbitral de Consumo a 30 de enero de 2024 al objeto de
celebrar el acto de audiencia respecto del expediente arbitral COIJAC/2023/357/03, y
dictar, en su caso, laudo preceptivo, se constituye el Colegio Arbitral que se indica:
Presidente: D. José M.ª Navarro Lifante
Árbitros: D.ª Ángela Martínez Martínez - Asociación de Consumidores: UCE Alicante
Siendo las partes:
Reclamante: D./ D.ª T.J.H.B. D.N.I. 23876949M
Reclamada: Vodafone España SAU NIF A80907397
El arbitraje se sustancia respecto de la reclamación determinada en el convenio
arbitral, que obra en el expediente, cuyo resumen es el siguiente:
La parte reclamante solicita de la empresa reclamada la anulación de todo el proceso
de contratación y actuaciones subsiguientes a ese incumplimiento. Requiere que aporten
la grabación efectuada en diciembre de 2022, donde se ofrecían y aceptaban todas las
condiciones del contrato incumplidas unilateralmente (1017,06 euros)
La empresa reclamada solicita RECONVENCIÓN por la cantidad de 827,47 euros.
En el curso de la audiencia se formulan las siguientes alegaciones:
Reclamante: Se ratifica en sus escritos de reclamación y solicitud de arbitraje. El
reclamante se encuentra representado por D. A.H.S. con DNI 22419170N. Manifiesta
que le llamaron para hacerle una oferta. Le instalaron y no era fibra, funcionaba mal. Se

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D. Daniel Fernández Castillo - Asociación Empresarial: ARBITEL