Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Parla. (BOE-N-2025-253417)
Anuncio de notificación de 1 de abril de 2025 en procedimiento sancionador de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de abril de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE PARLA
Anuncio de notificación de 1 de abril de 2025 en procedimiento sancionador de tráfico.
ID: N2500246685

Habiendo intentado practicar la notificación individual en la forma prevista en el Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante
TRLSV), se hace público lo siguiente:
Formulada denuncia por infracción de norma de tráfico contra las personas que
conducían los vehículos que figuran a continuación, el Concejal Delegado del Área de
Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda como autoridad
competente, ha decretado la incoación de los correspondientes expedientes
sancionadores. Puede proceder del siguiente modo:
IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR: En el supuesto de no ser la persona
responsable de la infracción o ser persona jurídica, se le requiere, como titular del
vehículo, para que en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del
siguiente al de la práctica de esta notificación, identifique verazmente al conductor del
vehículo con el que se cometió la supuesta infracción, indicando el nº de boletín, nombre
y apellidos del conductor, licencia o permiso de conducir, y domicilio para notificaciones.
El incumplimiento de esta obligación está tipificado como infracción muy grave,
sancionada con multa, que será el doble de la prevista para la infracción originaria que la
motivó, si es infracción leve y el triple, si es infracción grave o muy grave, según el art.
80.2 b) del TRLSV.
CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Podrá beneficiarse de la REDUCCIÓN del
50% del importe de la multa, que establece la Ley, si el pago de la misma se efectúa
durante los VEINTE DÍAS NATURALES siguientes a aquel en que tiene lugar esta
notificación.
El abono anticipado, con la reducción indicada, salvo en infracciones del art. 77,
aptdos. h), j), n), ñ), o), p), q) y r) del TRLSV implicará la renuncia a formular
alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
expresa, la firmeza de la sanción y la imposibilidad de interponer recurso administrativo.
Podrá interponer recurso ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses desde la fecha del pago.
Para proceder al PAGO, previa identificación del infractor, deberá acudir a la sede de
Policía Local de Parla, en la C/ Villafranca de los Caballeros nº 4, de lunes a viernes en
horario de 9:00 a 13:30 horas y obtener documento cobratorio emitido al efecto para
abono en entidad colaboradora.
DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA. (No aplicable a multas abonadas de
conformidad con el apartado anterior). En el supuesto de que no estuviera conforme con
la denuncia, podrá formular por escrito las alegaciones que tenga por conveniente y
proponer o aportar las pruebas que estime oportunas, en el plazo de VEINTE DÍAS
NATURALES, contados a partir del día siguiente al de la práctica de esta notificación.

cve: BOE-N-2025-caff5b073a4afb081ba0e9ef4e2784ffdae68aaf
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Núm. 83