Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-197765)
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 12 de marzo de 2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 12 de marzo de
2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador.
ID: N2500188487
Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal (intento infructuoso de la
notificación) a A.R.V.L., con N.I.F. Y9677623L, titular de la actividad de bar denominado
El Cartujano, sito en C/Pilar Cavero Jadraque 3-5, y, de conformidad con lo dispuesto en
el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
por medio del presente se le pone de manifiesto que, en relación con el expediente
número 70.593/2024, que podrá ser consultado en la Gerencia de Urbanismo, Servicio
de Disciplina Urbanística, sita en Vía Hispanidad número 20, 1ª planta, “Edificio El
Seminario” Zaragoza,
El Consejo de Gerencia, en virtud de la delegación de atribuciones realizada
mediante Acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 17 de febrero de 2009, ratificado
por el Gobierno de Zaragoza el 22 de Diciembre de 2017, en fecha 03 de febrero de
2025 resolvió lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar expediente sancionador a A.R.V.L., titular de la actividad de BAR,
denominado EL CARTUJANO, sito en calle CAVERO JADRAQUE, PILAR Nº 3 -5, por
infracción administrativa GRAVE consistente en el incumplimiento del horario de apertura
y cierre del establecimiento, prevista en el artículo 48 apartado J de la Ley 11/2005 de 28
de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y
establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. La licencia del referido
establecimiento en su condición particular prescribe que su horario será de 8 a 22 horas.
A la vista de los antecedentes obrantes en el Seguimiento de Expedientes
Administrativos y Acuerdos del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza se constata que el
referido establecimiento tiene licencia urbanística y funcionamiento, tramitadas
respectivamente en expedientes administrativos 3064184/1996 y 533285/2020
concediéndose la primera por resolución municipal de fecha 22 de mayo de 1998 y la de
funcionamiento por acuerdo municipal de fecha 3 de julio de 2020. No obstante el actual
titular con fecha 28 de diciembre de 2022 solicitó cambio de titularidad en Expediente
103962/2022.
Por Policía Local se ha formulado denuncia en fecha 03 de junio de 2024 al ejercerse
la actividad a las 22:45 h. constatando el incumplimiento por horarios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.1 de la antedicha Ley 11/2005, de
28 de diciembre, las denuncias formuladas por la Policía Local que han iniciado este
procedimiento sancionador gozan de presunción de veracidad.
SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo. 8.1. b del DECRETO
28/2001, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento
del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad
Autónoma de Aragón, se le hace expresa constancia que las sanciones que puedan
corresponder son las contempladas en el artículo 51 apartado SEGUNDO de la Ley
cve: BOE-N-2025-9ad68df7f2ae90d5ddcd2cc1a87875badac6463f
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 12 de marzo de
2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador.
ID: N2500188487
Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal (intento infructuoso de la
notificación) a A.R.V.L., con N.I.F. Y9677623L, titular de la actividad de bar denominado
El Cartujano, sito en C/Pilar Cavero Jadraque 3-5, y, de conformidad con lo dispuesto en
el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
por medio del presente se le pone de manifiesto que, en relación con el expediente
número 70.593/2024, que podrá ser consultado en la Gerencia de Urbanismo, Servicio
de Disciplina Urbanística, sita en Vía Hispanidad número 20, 1ª planta, “Edificio El
Seminario” Zaragoza,
El Consejo de Gerencia, en virtud de la delegación de atribuciones realizada
mediante Acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 17 de febrero de 2009, ratificado
por el Gobierno de Zaragoza el 22 de Diciembre de 2017, en fecha 03 de febrero de
2025 resolvió lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar expediente sancionador a A.R.V.L., titular de la actividad de BAR,
denominado EL CARTUJANO, sito en calle CAVERO JADRAQUE, PILAR Nº 3 -5, por
infracción administrativa GRAVE consistente en el incumplimiento del horario de apertura
y cierre del establecimiento, prevista en el artículo 48 apartado J de la Ley 11/2005 de 28
de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y
establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. La licencia del referido
establecimiento en su condición particular prescribe que su horario será de 8 a 22 horas.
A la vista de los antecedentes obrantes en el Seguimiento de Expedientes
Administrativos y Acuerdos del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza se constata que el
referido establecimiento tiene licencia urbanística y funcionamiento, tramitadas
respectivamente en expedientes administrativos 3064184/1996 y 533285/2020
concediéndose la primera por resolución municipal de fecha 22 de mayo de 1998 y la de
funcionamiento por acuerdo municipal de fecha 3 de julio de 2020. No obstante el actual
titular con fecha 28 de diciembre de 2022 solicitó cambio de titularidad en Expediente
103962/2022.
Por Policía Local se ha formulado denuncia en fecha 03 de junio de 2024 al ejercerse
la actividad a las 22:45 h. constatando el incumplimiento por horarios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.1 de la antedicha Ley 11/2005, de
28 de diciembre, las denuncias formuladas por la Policía Local que han iniciado este
procedimiento sancionador gozan de presunción de veracidad.
SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo. 8.1. b del DECRETO
28/2001, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento
del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad
Autónoma de Aragón, se le hace expresa constancia que las sanciones que puedan
corresponder son las contempladas en el artículo 51 apartado SEGUNDO de la Ley
cve: BOE-N-2025-9ad68df7f2ae90d5ddcd2cc1a87875badac6463f
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Núm. 66