Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Caspe. (BOE-N-2025-197751)
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento de Inicio de expedientes sancionadores en materia de tráfico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE CASPE
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento de Inicio de
expedientes sancionadores en materia de tráfico.
ID: N2500194219
De conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 91 del RDL 6/2015, al no
haberse podido practicar las notificaciones en el domicilio de los presuntos responsables
de infracciones del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 31 de octubre, sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Reglamento General de Circulación
(Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre) y Reglamento de Servicio de Regulación
de Estacionamiento Regulado de Rotación en la Vía Pública (ESRO) aprobado por
acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 17 de
febrero de 2009, cometidas por los vehículos que figuran como de su titularidad, se hace
publicar notificación del inicio de los expedientes sancionadores que se indican,
instruidos por el Servicio de la Policía Local, obrando los mismos en las Oficinas
Municipales.
La notificación se realiza bajo los siguientes apercibimientos:
1.- En virtud de los principios de economía y simplicidad procedimental, se entenderá
que el titular/conductor habitual del vehículo que consta en la D.G.T., es el conductor/
responsable si no facilita en el plazo de VEINTE días naturales siguientes a la recepción
de esta notificación, el nombre, domicilio y número del permiso o licencia de conducción
que permita la identificación en el Registro de Conductores e Infractores del conductor.
Si el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, deberá de
facilitar copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España (art.
11 del RDL 6/2015 que aprueba la Ley de Seguridad Vial). Tales datos los comunicará en
la Oficinas de este Ayuntamiento, sitas en Plaza España, 1 de Caspe, C.P. 50700,
advirtiéndole del deber de conocer y facilitar todos los datos necesarios para identificar
verazmente al conductor responsable de la infracción, y, si incumpliere esta obligación le
será instruido expediente sancionador por supuesta comisión de la infracción MUY
GRAVE prevista en el art. 77.j del RDL 6/2015 antes citado, cuya multa será del doble de
la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y del triple, si
es infracción grave o muy grave.
De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de 18 años,
responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores
legales o de hecho (Art. 82.b RDL 6/2015).
2.- En el supuesto de que el titular fuera el conductor, le notificamos el derecho que
le asiste a la vista del expediente que obra en la Oficinas Municipales, así como del
derecho de hacerse efectiva con la reducción del 50% durante los 20 días naturales
siguientes a la notificación, teniéndose en este caso por concluido el procedimiento, sin
necesidad de dictar resolución expresa, renunciando a formular alegaciones. En caso de
formularlas se entenderán por no presentadas, siendo recurrible únicamente ante el
orden jurisdiccional contencioso administrativo (art. 94 del RDL 6/2015).
cve: BOE-N-2025-80df6d469a16aa9884f9fbeeaa31fa8469eeaca8
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE CASPE
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento de Inicio de
expedientes sancionadores en materia de tráfico.
ID: N2500194219
De conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 91 del RDL 6/2015, al no
haberse podido practicar las notificaciones en el domicilio de los presuntos responsables
de infracciones del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 31 de octubre, sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Reglamento General de Circulación
(Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre) y Reglamento de Servicio de Regulación
de Estacionamiento Regulado de Rotación en la Vía Pública (ESRO) aprobado por
acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 17 de
febrero de 2009, cometidas por los vehículos que figuran como de su titularidad, se hace
publicar notificación del inicio de los expedientes sancionadores que se indican,
instruidos por el Servicio de la Policía Local, obrando los mismos en las Oficinas
Municipales.
La notificación se realiza bajo los siguientes apercibimientos:
1.- En virtud de los principios de economía y simplicidad procedimental, se entenderá
que el titular/conductor habitual del vehículo que consta en la D.G.T., es el conductor/
responsable si no facilita en el plazo de VEINTE días naturales siguientes a la recepción
de esta notificación, el nombre, domicilio y número del permiso o licencia de conducción
que permita la identificación en el Registro de Conductores e Infractores del conductor.
Si el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, deberá de
facilitar copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España (art.
11 del RDL 6/2015 que aprueba la Ley de Seguridad Vial). Tales datos los comunicará en
la Oficinas de este Ayuntamiento, sitas en Plaza España, 1 de Caspe, C.P. 50700,
advirtiéndole del deber de conocer y facilitar todos los datos necesarios para identificar
verazmente al conductor responsable de la infracción, y, si incumpliere esta obligación le
será instruido expediente sancionador por supuesta comisión de la infracción MUY
GRAVE prevista en el art. 77.j del RDL 6/2015 antes citado, cuya multa será del doble de
la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y del triple, si
es infracción grave o muy grave.
De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de 18 años,
responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores
legales o de hecho (Art. 82.b RDL 6/2015).
2.- En el supuesto de que el titular fuera el conductor, le notificamos el derecho que
le asiste a la vista del expediente que obra en la Oficinas Municipales, así como del
derecho de hacerse efectiva con la reducción del 50% durante los 20 días naturales
siguientes a la notificación, teniéndose en este caso por concluido el procedimiento, sin
necesidad de dictar resolución expresa, renunciando a formular alegaciones. En caso de
formularlas se entenderán por no presentadas, siendo recurrible únicamente ante el
orden jurisdiccional contencioso administrativo (art. 94 del RDL 6/2015).
cve: BOE-N-2025-80df6d469a16aa9884f9fbeeaa31fa8469eeaca8
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Núm. 66