Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Chiclana De La Frontera. (BOE-N-2025-196707)
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento administrativo notificación de Resolución del Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo y Planeamiento y Desarrollo Urbano número 5535 de fecha 01.10.24 relativo a expediente disciplinario número 10/24-san.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 5
OCTAVO: Comunicar la presente Resolución al Ministerio Fiscal a los efectos
previstos en el art. 54 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana y art. 170.3 de
la LISTA, procediendo, asimismo, la suspensión de la tramitación del presente
procedimiento sancionador hasta la notificación por el Ministerio Fiscal o del
pronunciamiento firme de la autoridad judicial por presunto delito contra la ordenación del
territorio tipificado en el art. 319 del vigente Código Penal.
NOVENO: Comunicar la presente Resolución a la Consejería de Turismo, Cultura y
Deporte de la Junta de Andalucía a los efectos oportunos en materia de su competencia,
de conformidad con informe técnico emitido con fecha 05.06.24.
DÉCIMO: Comunicar la presente Resolución al Servicio de Contratación y Patrimonio
así como al Servicio de Obras de este Ayuntamiento a los efectos oportunos en materia
de su competencia, de conformidad con informe técnico emitido con fecha 05.06.24.
DECIMOPRIMERO: Expedir la correspondiente certificación administrativa de la
incoación del presente expediente sancionador sobre disciplina urbanística a efectos de
solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante anotación preventiva,
sobre finca registral número 9717, conforme a lo dispuesto en los art. 65.1.c) Real
Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, y art. 56 del Real Decreto 1.093/97, de 4 de
julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la
ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos
de Naturaleza Urbanística.
DECIMOSEGUNDO: Contra la presente Resolución, al tratarse de un acto de
trámite, no cabe recurso alguno en vía administrativa conforme dispone el art. 112 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ello sin perjuicio de que su oposición al mismo pueda ser
alegada para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento.”
Lo que le comunico a los efectos oportunos, haciéndole saber que dicho acto es de
trámite, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, contra el mismo no cabe recurso alguno en vía
administrativa; sin perjuicio de que su oposición al mismo pueda ser alegada para su
consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento.”
cve: BOE-N-2025-b6ca72dbad1747f4a3417c4cf9d78c04e461a332
Verificable en https://www.boe.es
Chiclana de la Frontera, 13 de marzo de 2025.- El Delegado de Urbanismo,
Planeamiento y Desarrollo Urbano.- Rodolfo Pérez Neira
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 5
OCTAVO: Comunicar la presente Resolución al Ministerio Fiscal a los efectos
previstos en el art. 54 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana y art. 170.3 de
la LISTA, procediendo, asimismo, la suspensión de la tramitación del presente
procedimiento sancionador hasta la notificación por el Ministerio Fiscal o del
pronunciamiento firme de la autoridad judicial por presunto delito contra la ordenación del
territorio tipificado en el art. 319 del vigente Código Penal.
NOVENO: Comunicar la presente Resolución a la Consejería de Turismo, Cultura y
Deporte de la Junta de Andalucía a los efectos oportunos en materia de su competencia,
de conformidad con informe técnico emitido con fecha 05.06.24.
DÉCIMO: Comunicar la presente Resolución al Servicio de Contratación y Patrimonio
así como al Servicio de Obras de este Ayuntamiento a los efectos oportunos en materia
de su competencia, de conformidad con informe técnico emitido con fecha 05.06.24.
DECIMOPRIMERO: Expedir la correspondiente certificación administrativa de la
incoación del presente expediente sancionador sobre disciplina urbanística a efectos de
solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante anotación preventiva,
sobre finca registral número 9717, conforme a lo dispuesto en los art. 65.1.c) Real
Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, y art. 56 del Real Decreto 1.093/97, de 4 de
julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la
ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos
de Naturaleza Urbanística.
DECIMOSEGUNDO: Contra la presente Resolución, al tratarse de un acto de
trámite, no cabe recurso alguno en vía administrativa conforme dispone el art. 112 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ello sin perjuicio de que su oposición al mismo pueda ser
alegada para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento.”
Lo que le comunico a los efectos oportunos, haciéndole saber que dicho acto es de
trámite, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, contra el mismo no cabe recurso alguno en vía
administrativa; sin perjuicio de que su oposición al mismo pueda ser alegada para su
consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento.”
cve: BOE-N-2025-b6ca72dbad1747f4a3417c4cf9d78c04e461a332
Verificable en https://www.boe.es
Chiclana de la Frontera, 13 de marzo de 2025.- El Delegado de Urbanismo,
Planeamiento y Desarrollo Urbano.- Rodolfo Pérez Neira
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X