Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Barakaldo. (BOE-N-2025-165391)
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos relativos a Resolución expedientes administrativos sobre vehículos que se encuentran en situación de abandono, tanto en la vía pública como en el depósito municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en
procedimientos relativos a Resolución expedientes administrativos sobre vehículos que
se encuentran en situación de abandono, tanto en la vía pública como en el depósito
municipal.
ID: N2500160741
Habiéndose intentado la notificación de forma expresa de las resoluciones de
expedientes administrativos sobre vehículos que a continuación se relacionan, y no
habiéndose podido practicar por diversas causas conforme al artículo 42 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, por lo que, se hace público el presente anuncio en el Boletín
Oficial del Estado en cumplimiento de lo dispuesto en artículo 44 de la citada Ley, y
demás disposiciones concordantes aplicables.
Antecedentes de Hecho
Primero: Por este Ayuntamiento fueron incoados como Residuo Doméstico los
vehículos que figuran en el Anexo como consecuencia de la situación de abandono por
tiempo superior a 1 mes en la vía pública ó 2 meses en depósito municipal.
Los citados requerimientos advertían de que en caso de no proceder a ninguna de
las actuaciones anteriores, se procedería al tratamiento del vehículo como Residuo
Doméstico.
Fundamentos de Derecho
Primero.- El Artículo 106.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico y Seguridad
Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, (en adelante
L.T.S.V.) considera como Residuo Doméstico a los vehículos abandonados, entendiendo
por tales los que transcurridos más de 2 meses desde su retirada de la vía pública por la
autoridad competente continúen en el Depósito sin que sus titulares hubieran formulado
alegaciones, así como aquellos vehículos que permanezcan estacionados por un periodo
superior a un mes en el mismo lugar y presenten desperfectos que hagan imposible su
desplazamiento por sus propios medios o les faltan las placas de matrícula que
permanezcan más de un mes en el mismo lugar. En este caso tendrá el tratamiento de
Residuo Doméstico de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.
Segundo: Resultan de aplicación a estos expedientes lo dispuesto en la Ley 3/1998
de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco, la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
cve: BOE-N-2025-5f4130bd6ad99eb9cf122a2d8cdf56b0a50678d7
Verificable en https://www.boe.es
Segundo: Se cursaron los correspondientes requerimientos a los titulares con objeto
de que en el plazo de 1 mes ejercitaran la opción legal de recuperar retirándolo del
Depósito Municipal, previo abono de los gastos originados como consecuencia de la
retirada del vehículo de la vía pública o del depósito municipal, de acuerdo con las tarifas
de la Ordenanza fiscal vigente y presentado la documentación señalada en el mismo; o
bien de personarse en la Comisaría Municipal con objeto de llevar a cabo la donación del
vehículo.
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en
procedimientos relativos a Resolución expedientes administrativos sobre vehículos que
se encuentran en situación de abandono, tanto en la vía pública como en el depósito
municipal.
ID: N2500160741
Habiéndose intentado la notificación de forma expresa de las resoluciones de
expedientes administrativos sobre vehículos que a continuación se relacionan, y no
habiéndose podido practicar por diversas causas conforme al artículo 42 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, por lo que, se hace público el presente anuncio en el Boletín
Oficial del Estado en cumplimiento de lo dispuesto en artículo 44 de la citada Ley, y
demás disposiciones concordantes aplicables.
Antecedentes de Hecho
Primero: Por este Ayuntamiento fueron incoados como Residuo Doméstico los
vehículos que figuran en el Anexo como consecuencia de la situación de abandono por
tiempo superior a 1 mes en la vía pública ó 2 meses en depósito municipal.
Los citados requerimientos advertían de que en caso de no proceder a ninguna de
las actuaciones anteriores, se procedería al tratamiento del vehículo como Residuo
Doméstico.
Fundamentos de Derecho
Primero.- El Artículo 106.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico y Seguridad
Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, (en adelante
L.T.S.V.) considera como Residuo Doméstico a los vehículos abandonados, entendiendo
por tales los que transcurridos más de 2 meses desde su retirada de la vía pública por la
autoridad competente continúen en el Depósito sin que sus titulares hubieran formulado
alegaciones, así como aquellos vehículos que permanezcan estacionados por un periodo
superior a un mes en el mismo lugar y presenten desperfectos que hagan imposible su
desplazamiento por sus propios medios o les faltan las placas de matrícula que
permanezcan más de un mes en el mismo lugar. En este caso tendrá el tratamiento de
Residuo Doméstico de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.
Segundo: Resultan de aplicación a estos expedientes lo dispuesto en la Ley 3/1998
de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco, la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
cve: BOE-N-2025-5f4130bd6ad99eb9cf122a2d8cdf56b0a50678d7
Verificable en https://www.boe.es
Segundo: Se cursaron los correspondientes requerimientos a los titulares con objeto
de que en el plazo de 1 mes ejercitaran la opción legal de recuperar retirándolo del
Depósito Municipal, previo abono de los gastos originados como consecuencia de la
retirada del vehículo de la vía pública o del depósito municipal, de acuerdo con las tarifas
de la Ordenanza fiscal vigente y presentado la documentación señalada en el mismo; o
bien de personarse en la Comisaría Municipal con objeto de llevar a cabo la donación del
vehículo.