Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Sabiñán. (BOE-N-2025-166268)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento Acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación, en sesión de fecha de 23 de enero del corriente, en relación con la contratación de las obras de demolición, por ejecución subsidiaria y tramitación de emergencia, del inmueble ubicado en Travesía las Damas nº 2 de Sabiñán.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 3
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
cve: BOE-N-2025-07500a4217f339cf8378011019405f5c115f0682
Verificable en https://www.boe.es
Sabiñán, 27 de febrero de 2025.- El Alcalde-Presidente, D. José Ignacio Marcuello
Casorrán.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 3
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
cve: BOE-N-2025-07500a4217f339cf8378011019405f5c115f0682
Verificable en https://www.boe.es
Sabiñán, 27 de febrero de 2025.- El Alcalde-Presidente, D. José Ignacio Marcuello
Casorrán.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X