Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-158753)
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de requerimientos de identificación de conductor de la Sección Quinta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación
de 27 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del
Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de requerimientos de
identificación de conductor de la Sección Quinta.
ID: N2500153430

Expte. 01307/2025/168 (2025/1035)
De conformidad con lo previsto en los artículos 89, 90 y 91 del Real Decreto
Legislativo 6/15 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por el presente
EDICTO se notifica a las personas que se señalan a continuación que habiendo sido
identificadas como arrendatarias de los vehículos por el titular de los mismos en el
momento de comisión de la infracción y no habiendo sido posible la práctica de la
notificación personal en su domicilio de la denuncia y la iniciación de los
correspondientes expedientes sancionadores que a continuación se relacionan, los
mismos se hallan a su disposición en las dependencias municipales sitas en C/ Albacete
nº 12 bajo.
Transcurridos 20 días naturales desde la publicación del presente Edicto, el acto se
entenderá por notificado, dándose por cumplido el trámite.

Órgano competente para la imposición de la sanción: La Alcaldía de conformidad con
lo dispuesto en el Art. 84.4 del RDL 6/2015 de 30 de octubre, que delegó la atribución, a
tenor del Art. 127.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, en el Concejal Delegado de Control
Administrativo.
Pago: Podrá efectuarse en las entidades colaboradoras indicadas en el propio
documento cobratorio que podrá recoger en la C/ Albacete nº 12 bajo y en la página web
del Ayto. de València.
Si efectúa el pago en el plazo de 20 días naturales siguientes al de la finalización del
plazo de publicación del presente edicto, obtendrá una reducción del 50% en el importe
de la denuncia, -excepto para las infracciones previstas en el Artículo 77. h), j), n), ñ), o),
p), q) y r)- teniéndose por concluido el procedimiento sancionador sin necesidad de dictar
resolución expresa y renunciándose a la formulación de alegaciones, que se tendrán por
no presentadas en el caso de que se formulasen. Asimismo, quedará agotada la vía
administrativa siendo únicamente recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso
administrativo (Art. 94 RDL 6/2015).
Otras Actuaciones:

cve: BOE-N-2025-92c6d118e0821a17c4b54cdb737bddb955680da7
Verificable en https://www.boe.es

Instructores: Indistintamente, de conformidad con la Resolución de Alcaldía nº72, de
6 de mayo de 2016, los Funcionarios Técnicos de Administración General del Servicio
Central del Procedimiento Sancionador (BOE 09/03/2018). Podrá formularse recusación
de conformidad con el Art. 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del
Sector Público.