Administración Local. Valladolid. Diputación Provincial De Valladolid. (BOE-N-2025-158769)
ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACIÓN A MUNICIPIOS. Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de declaración de orden de ejecución sobre inmueble sito en la C/ Corrillo Grande nº 9 del término municipal de Santervás en Valladolid.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 4
Visto que las obras propuestas guardan proporcionalidad con los objetivos
pretendidos, por ser las estrictamente necesarias para la finalidad perseguida,
RESUELVO:
PRIMERO: Ordenar a Dª Mª Pilar Alonso Cabiedes, D. Pedro Ángel Martínez Alonso,
D. Modesto Moreno Martínez, Dª Mª del Carmen del Amo Martínez, D. Virgilio de la
Viuda Martínez, D. Juan Casto del Amo Martínez, D. Ángel Toribio del Amo Martínez, D.
Pedro Moreno Martínez, D. Ramiro Moreno Martínez, Dª Mª Pilar Martínez Alonso, Dª
Pilar Martínez Agúndez, Dª Natividad Faustina Martínez Gutiérrez, D. Jesús Martínez
Gutiérrez, D. Ezequiel Martínez Gutiérrez, Dª Valentina Martínez Gutiérrez, Herederos de
Dª Candelas Martínez Gutiérrez, Dª Mª del Carmen Mesones Martínez, D. Alfonso
Antonio Mesones Martínez, Herederos de D. Alfonso Jiménez Martínez, D. Marcelino
Martínez Agúndez y D. Pedro Pablo Martínez Gutiérrez, propietarios del inmueble sito en
la Calle Corrillo Grande nº 9 de este municipio con referencia catastral
6562409UM2766S0001AL, con objeto de mantener el inmueble en condiciones de
seguridad, salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad, la ejecución de las
siguientes obras:
- Restauración del paramento vertical para evitar futuras disgregaciones de material
terroso y reconstruir el muro perimetral en aquellos puntos donde está hundido.
- Limpieza del paramento vertical de fachada.
- Demolición de muro perimetral en ciertas zonas y su posterior reconstrucción
- Revisión de cubierta y alero, y reposición y fijación de los elementos de cubrición
móviles o inestables.
- Revoco de fachada con mortero de cal blanco.
- Limpieza de muros y posterior revoco con mortero.
- Colocación de canalón y bajante, con el fin de que las aguas evacuen
correctamente y así también evitar que impacto de las lluvias y escorrentías disgregue el
acabado de fachada.
- Limpieza final de obra especialmente las zonas de la vía pública que se han visto
afectadas por los desprendimientos.
- Gestión de residuos generados en las operaciones de demolición y reconstrucción.
SEGUNDO: Las obras deberán iniciarse en el plazo improrrogable de un mes a
contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo y una vez iniciadas,
deberán ser ejecutadas en el plazo de 60 días hábiles.
Se apercibe expresamente a los propietarios que, de no llevar a cabo estas
actuaciones en los plazos indicados, el Ayuntamiento procederá a la ejecución
subsidiaria de las medidas dispuestas en esta declaración y a su costa o bien resolver la
sujeción del inmueble al régimen de venta forzosa o al régimen de sustitución forzosa.
TERCERO: El presupuesto de ejecución material estimado de las obras propuestas
asciende a cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y ocho euros con veintidós
céntimos (45.868,22 €), incluyéndose el beneficio industrial, los gastos generales y el IVA
correspondiente, pudiéndose incrementar dicha cantidad con otros gastos, tales como
honorarios técnicos o aquellos otros que puedan surgir durante la ejecución de la obra.
CUARTO: Alternativamente a lo anteriormente expuesto, los propietarios podrán
solicitar la correspondiente licencia urbanística, presentando un proyecto de demolición o
un proyecto de rehabilitación de la edificación o, solicitar la declaración de ruina del
inmueble como parte interesada, presentando un escrito de solicitud y un certificado
cve: BOE-N-2025-b6ab3f4a198a12d9239661858534deb12e298866
Verificable en https://www.boe.es
Las medidas provisionales contempladas en el Decreto de Inicio se mantendrán
hasta que se lleve a cabo las actuaciones acordadas en esta Resolución.
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 4
Visto que las obras propuestas guardan proporcionalidad con los objetivos
pretendidos, por ser las estrictamente necesarias para la finalidad perseguida,
RESUELVO:
PRIMERO: Ordenar a Dª Mª Pilar Alonso Cabiedes, D. Pedro Ángel Martínez Alonso,
D. Modesto Moreno Martínez, Dª Mª del Carmen del Amo Martínez, D. Virgilio de la
Viuda Martínez, D. Juan Casto del Amo Martínez, D. Ángel Toribio del Amo Martínez, D.
Pedro Moreno Martínez, D. Ramiro Moreno Martínez, Dª Mª Pilar Martínez Alonso, Dª
Pilar Martínez Agúndez, Dª Natividad Faustina Martínez Gutiérrez, D. Jesús Martínez
Gutiérrez, D. Ezequiel Martínez Gutiérrez, Dª Valentina Martínez Gutiérrez, Herederos de
Dª Candelas Martínez Gutiérrez, Dª Mª del Carmen Mesones Martínez, D. Alfonso
Antonio Mesones Martínez, Herederos de D. Alfonso Jiménez Martínez, D. Marcelino
Martínez Agúndez y D. Pedro Pablo Martínez Gutiérrez, propietarios del inmueble sito en
la Calle Corrillo Grande nº 9 de este municipio con referencia catastral
6562409UM2766S0001AL, con objeto de mantener el inmueble en condiciones de
seguridad, salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad, la ejecución de las
siguientes obras:
- Restauración del paramento vertical para evitar futuras disgregaciones de material
terroso y reconstruir el muro perimetral en aquellos puntos donde está hundido.
- Limpieza del paramento vertical de fachada.
- Demolición de muro perimetral en ciertas zonas y su posterior reconstrucción
- Revisión de cubierta y alero, y reposición y fijación de los elementos de cubrición
móviles o inestables.
- Revoco de fachada con mortero de cal blanco.
- Limpieza de muros y posterior revoco con mortero.
- Colocación de canalón y bajante, con el fin de que las aguas evacuen
correctamente y así también evitar que impacto de las lluvias y escorrentías disgregue el
acabado de fachada.
- Limpieza final de obra especialmente las zonas de la vía pública que se han visto
afectadas por los desprendimientos.
- Gestión de residuos generados en las operaciones de demolición y reconstrucción.
SEGUNDO: Las obras deberán iniciarse en el plazo improrrogable de un mes a
contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo y una vez iniciadas,
deberán ser ejecutadas en el plazo de 60 días hábiles.
Se apercibe expresamente a los propietarios que, de no llevar a cabo estas
actuaciones en los plazos indicados, el Ayuntamiento procederá a la ejecución
subsidiaria de las medidas dispuestas en esta declaración y a su costa o bien resolver la
sujeción del inmueble al régimen de venta forzosa o al régimen de sustitución forzosa.
TERCERO: El presupuesto de ejecución material estimado de las obras propuestas
asciende a cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y ocho euros con veintidós
céntimos (45.868,22 €), incluyéndose el beneficio industrial, los gastos generales y el IVA
correspondiente, pudiéndose incrementar dicha cantidad con otros gastos, tales como
honorarios técnicos o aquellos otros que puedan surgir durante la ejecución de la obra.
CUARTO: Alternativamente a lo anteriormente expuesto, los propietarios podrán
solicitar la correspondiente licencia urbanística, presentando un proyecto de demolición o
un proyecto de rehabilitación de la edificación o, solicitar la declaración de ruina del
inmueble como parte interesada, presentando un escrito de solicitud y un certificado
cve: BOE-N-2025-b6ab3f4a198a12d9239661858534deb12e298866
Verificable en https://www.boe.es
Las medidas provisionales contempladas en el Decreto de Inicio se mantendrán
hasta que se lleve a cabo las actuaciones acordadas en esta Resolución.