Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Prat De Llobregat, El. (BOE-N-2025-157784)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador por infracciones a la Ordenanza municipal de civismo y convivencia ciudadana, sanciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Caso de no formular recurso de reposición en el plazo indicado en el apartado
anterior, la resolución será definitiva en vía administrativa en el transcurso de un mes a
partir del día siguiente a la recepción de esta notificación.
El pago de la multa deberá hacerse efectivo en cualquier momento y, como máximo,
dentro de los plazos siguientes:
-Si la resolución es definitiva entre los días 1 y 15 del mes: hasta el día 20 del mes
siguiente o el inmediato hábil posterior.
-Si la resolución es definitiva entre los días 16 y el día último de mes: hasta el día 5
del segundo mes siguiente, o el inmediato hábil posterior.
Una vez transcurridos estos plazos de pago en periodo voluntario, se iniciará
procedimiento ejecutivo con los intereses i recargos legalmente previstos.
b) Lugar y forma de pago:
La sanción deberá abonarse por medio de transferencia bancaria a la c/c del
Ayuntamiento, Banco de Bilbao, Vizcaya y Argentaria núm. de IBAN ES65 0182 6035 47
0201606474. En todo caso deberá indicarse el NIF, nombre y apellidos de la persona
infractora y el núm. de expediente.
cve: BOE-N-2025-067a8ad1c6ba51bda04248dea840aae8408dc589
Verificable en https://www.boe.es
El Prat de Llobregat, 28 de febrero de 2025.- Joaquim Bartolomé Capdevila, Teniente
de Alcalde del Área de Acción Ambiental y Servicios Urbanos
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Caso de no formular recurso de reposición en el plazo indicado en el apartado
anterior, la resolución será definitiva en vía administrativa en el transcurso de un mes a
partir del día siguiente a la recepción de esta notificación.
El pago de la multa deberá hacerse efectivo en cualquier momento y, como máximo,
dentro de los plazos siguientes:
-Si la resolución es definitiva entre los días 1 y 15 del mes: hasta el día 20 del mes
siguiente o el inmediato hábil posterior.
-Si la resolución es definitiva entre los días 16 y el día último de mes: hasta el día 5
del segundo mes siguiente, o el inmediato hábil posterior.
Una vez transcurridos estos plazos de pago en periodo voluntario, se iniciará
procedimiento ejecutivo con los intereses i recargos legalmente previstos.
b) Lugar y forma de pago:
La sanción deberá abonarse por medio de transferencia bancaria a la c/c del
Ayuntamiento, Banco de Bilbao, Vizcaya y Argentaria núm. de IBAN ES65 0182 6035 47
0201606474. En todo caso deberá indicarse el NIF, nombre y apellidos de la persona
infractora y el núm. de expediente.
cve: BOE-N-2025-067a8ad1c6ba51bda04248dea840aae8408dc589
Verificable en https://www.boe.es
El Prat de Llobregat, 28 de febrero de 2025.- Joaquim Bartolomé Capdevila, Teniente
de Alcalde del Área de Acción Ambiental y Servicios Urbanos