Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Prat De Llobregat, El. (BOE-N-2025-157784)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador por infracciones a la Ordenanza municipal de civismo y convivencia ciudadana, sanciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE PRAT DE LLOBREGAT, EL
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador por
infracciones a la Ordenanza municipal de civismo y convivencia ciudadana, sanciones.
ID: N2500156596

ANUNCIO
Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación personal, de conformidad
con lo que determina el artículo 44 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a
las personas y/o empresas que se relacionan a continuación que por Decreto del
teniente de alcalde del Área de Acción Ambiental y Servicios Urbanos, han sido
sancionadas mediante expedientes sancionadores de carácter ordinario como
responsables de infracciones tipificadas en la Ordenanza de civismo y convivencia
ciudadana (OMCCC).
Comunicar a la persona interesada que como esta resolución no se publica
íntegramente, se encuentra a su disposición, junto con el resto de la documentación que
conforma el expediente administrativo, en la Sección de Vía Pública, Avenida Once de
Septiembre 73-75 del Prat de Llobregat, en horario de atención al público de 9.00 a
13.30 h.
RECURSOS:

a) Recurso de reposición potestativo, que se deberá presentar, ante el mismo órgano
que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
recepción de esta notificación. Transcurrido un mes desde su presentación sin que se
haya recibido notificación de la resolución expresa, el recurso de reposición se entenderá
desestimado por silencio. En dicho caso en el plazo de 6 meses, a contar desde el día
siguiente a aquél en el cual se entiende desestimado por silencio el recurso de
reposición, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados
Contenciosos Administrativos de Barcelona o ante los Juzgados Contenciosos
Administrativos de la provincia en que usted tenga su domicilio, siempre y cuando estén
en la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
b) Recurso contencioso administrativo, directamente, sin previo recurso potestativo
de reposición. Se deberá interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de la recepción de esta notificación, ante los Juzgados Contenciosos
Administrativos de Barcelona o ante los Juzgados Contenciosos Administrativos de la
provincia de su domicilio, siempre y cuando esté en la circunscripción del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
PAGO:
a) Plazo:

cve: BOE-N-2025-067a8ad1c6ba51bda04248dea840aae8408dc589
Verificable en https://www.boe.es

Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, se podrán
interponer, de manera optativa y no simultánea, los recursos siguientes: