Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Llíria. (BOE-N-2025-158728)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Limpieza de parcelas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE LLÍRIA
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Limpieza de
parcelas.
ID: N2500156574

De conformidad con los artículos 42.2, 44, 45 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
no habiendo sido posible notificar el acto administrativo cuyo texto íntegro se transcribe a
continuación, se procede a su notificación mediante la publicación del presente anuncio
en el Boletín Oficial del Estado:
Referencia: 2024/7007S
Destinatario: Didier Dominique Trolle Olivier
Visto el informe técnico municipal de fecha 20-06-2024, tras la visita de inspección
practicada, del que resulta:
.- Hechos: La parcela se ha comprobado que se encuentra vallada, con vivienda y
edificaciones auxiliares sin ningún tipo de mantenimiento y en la que se hallan distintos
árboles, arbustos y hierba de considerable altura, pudiendo ser causa de incendio y de
problemas de salubridad para los vecinos de la zona.
En el informe técnico de fecha 18/12/2024, indica que no han sido realizados los
trabajos de limpieza ordenados. Se adjuntan fotografías del estado actual.
.- Emplazamiento: Polígono 163, parcela 34, Collado de Perros.

.- Referencia catastral: 46149A163000340000YE.
.- Titular catastral: Didier Dominique Trolle Olivier.
Visto que el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, establece:
“Artículo 15. Contenido del derecho de propiedad del suelo: deberes y cargas.
1. El derecho de propiedad de los terrenos, las instalaciones, construcciones y
edificaciones comprende con carácter general, cualquiera que sea la situación en que se
encuentren, los deberes siguientes:
a) Dedicarlos a usos que sean compatibles con la ordenación territorial y urbanística.
b) Conservarlos en las condiciones legales de seguridad, salubridad, accesibilidad
universal, ornato y las demás que exijan las leyes para servir de soporte a dichos usos.
(…).

cve: BOE-N-2025-8a6c7de0b7bbfe7a45571c2ad6719564d9ffc377
Verificable en https://www.boe.es

.- Clase y calificación de suelo según el texto refundido del PGOU de Llíria (BOP de
01/06/2006): Suelo no urbanizable y clasificada como núcleo de población 5-Cabeço de
l’Àguila-2.