Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-158588)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 9
OCTAVO.- Elevar la propuesta de resolución formulada al órgano competente para
resolver el procedimiento sancionador urbanístico, dando por finalizada la fase
instructora del procedimiento.
MODOS DE EFECTUAR EL PAGO DE LA SANCIÓN
En el caso de la presentación de solicitudes de las que se puedan derivar algunas de
las reducciones de la sanción propuesta, se generará el correspondiente documento de
ingreso, que será enviado a la dirección, preferentemente electrónica, que se indique en
la solicitud presentada. La disponibilidad del documento de ingreso no es inmediata, será
enviada en unos días desde la presentación de la solicitud. El importe de la sanción
podrá abonarse en las formas contenidas en el documento de ingreso que se le entregue
en ese momento.
Reducciones que operan antes de la finalización del procedimiento sancionador sin
estar condicionadas a la restauración de la realidad física alterada o a la legalización de
las actuaciones constitutivas de infracción:
Reducción del 20% por reconocimiento voluntario: en el supuesto de reconocimiento
por el infractor de su responsabilidad durante el procedimiento sancionador, la multa
resultante sería de dos mil cuatrocientos euros (2.400,00 €).
Reducción del 20% por pago voluntario: en el supuesto de pago voluntario, antes de
la resolución, del importe de la sanción prevista en el acuerdo de incoación o, una vez
dictada la propuesta de resolución, la multa resultante sería de dos mil cuatrocientos
euros (2.400,00 €).
Reducción del 40% por la acumulación de las reducciones por reconocimiento de la
responsabilidad y pago voluntario: en el caso de operar dicha acumulación, la multa se
concretaría en la cantidad de mil ochocientos euros (1.800,00 €).
Estas reducciones quedan condicionadas, en su efectividad, a que expresamente se
solicite el desistimiento o la renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa
contra la sanción.
Contra la propuesta de resolución, por tratarse de un acto administrativo de trámite
no cualificado, no procede la interposición de ningún tipo de recurso, no obstante,
cualquier oposición al mismo podrá alegarse por los interesados para su consideración
en la resolución que ponga fin al procedimiento de restablecimiento de la legalidad
urbanística
Arona, 27 de febrero de 2025.- El Concejal Delegado del Área de Gobierno de
Urbanismo y Ordenación del Territorio. D. Javier Alexis Baute Torres.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-5e8b38fb28e2fbec240701a390f94f0ff67aff86
Verificable en https://www.boe.es
Lo que se le notifica para su conocimiento y efectos oportunos.”
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 9
OCTAVO.- Elevar la propuesta de resolución formulada al órgano competente para
resolver el procedimiento sancionador urbanístico, dando por finalizada la fase
instructora del procedimiento.
MODOS DE EFECTUAR EL PAGO DE LA SANCIÓN
En el caso de la presentación de solicitudes de las que se puedan derivar algunas de
las reducciones de la sanción propuesta, se generará el correspondiente documento de
ingreso, que será enviado a la dirección, preferentemente electrónica, que se indique en
la solicitud presentada. La disponibilidad del documento de ingreso no es inmediata, será
enviada en unos días desde la presentación de la solicitud. El importe de la sanción
podrá abonarse en las formas contenidas en el documento de ingreso que se le entregue
en ese momento.
Reducciones que operan antes de la finalización del procedimiento sancionador sin
estar condicionadas a la restauración de la realidad física alterada o a la legalización de
las actuaciones constitutivas de infracción:
Reducción del 20% por reconocimiento voluntario: en el supuesto de reconocimiento
por el infractor de su responsabilidad durante el procedimiento sancionador, la multa
resultante sería de dos mil cuatrocientos euros (2.400,00 €).
Reducción del 20% por pago voluntario: en el supuesto de pago voluntario, antes de
la resolución, del importe de la sanción prevista en el acuerdo de incoación o, una vez
dictada la propuesta de resolución, la multa resultante sería de dos mil cuatrocientos
euros (2.400,00 €).
Reducción del 40% por la acumulación de las reducciones por reconocimiento de la
responsabilidad y pago voluntario: en el caso de operar dicha acumulación, la multa se
concretaría en la cantidad de mil ochocientos euros (1.800,00 €).
Estas reducciones quedan condicionadas, en su efectividad, a que expresamente se
solicite el desistimiento o la renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa
contra la sanción.
Contra la propuesta de resolución, por tratarse de un acto administrativo de trámite
no cualificado, no procede la interposición de ningún tipo de recurso, no obstante,
cualquier oposición al mismo podrá alegarse por los interesados para su consideración
en la resolución que ponga fin al procedimiento de restablecimiento de la legalidad
urbanística
Arona, 27 de febrero de 2025.- El Concejal Delegado del Área de Gobierno de
Urbanismo y Ordenación del Territorio. D. Javier Alexis Baute Torres.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-5e8b38fb28e2fbec240701a390f94f0ff67aff86
Verificable en https://www.boe.es
Lo que se le notifica para su conocimiento y efectos oportunos.”