Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-158586)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento de Restablecimiento de la legalidad urbanística infringida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 3

c) A la ejecución forzosa mediante cualquier otro medio previsto en el ordenamiento
jurídico.
TERCERO.- En el presente caso, habiendo transcurrido en exceso el plazo de tres
meses concedido para la presentación del proyecto de la demolición total de la
edificación de referencia, así como del informe previo preceptivo del Cabildo Insular de
Tenerife para ejecutar dicha medida, contado desde el 14 de noviembre de 2023, es
decir, desde la notificación de la Resolución nº 8.484, de fecha 7 de noviembre de 2023,
por la que se desestima el recurso de reposición contra la Resolución nº 1.003, de fecha
27 de enero de 2023, deviniendo, por tanto, esta última firme en vía administrativa.
Este incumplimiento por parte del interesado requiere la adopción de medidas de
ejecución forzosa. En concreto, procede la imposición de una multa coercitiva en la
cuantía máxima legalmente permitida, esto es, tres mil euros (3.000,00 €), debido a la
entidad y trascendencia de la actuación urbanística (demolición total de la edificación),
conforme al artículo 368 de la LSENPC, y sin perjuicio de que se puedan adoptar otras
nueve multas coercitivas por la misma cantidad con una periodicidad mensual, y, en su
caso, resulte procedente la ejecución subsidiaria por parte de esta administración y a
costa del interesado.
CUARTO.- La competencia en materia de disciplina urbanística corresponde al titular
de la Alcaldía, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. No obstante, en el Ayuntamiento
de Arona dicha competencia se encuentra delegada en el Sr. Teniente del Área de
Urbanismo y Ordenación del Territorio (Resolución nº2023/5015, de 30 de junio).
Teniendo conocimiento del informe del Jefe del departamento, RESUELVO:
PRIMERO.- Imponer multa coercitiva de tres mil euros (3.000,00 €) a la entidad
MARICHAL INVERSIONES DEL SUR S.L., con NIF:B-38273975, por el incumplimiento
de la Resolución nº 1.003, de fecha 27 de enero de 2023, del Sr. Concejal Delegado del
Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, es decir, por la no presentación del
proyecto de la demolición total de la edificio Adela, sito en la carretera general TF-28,
Valle de San Lorenzo, nº123, de este término municipal, así como del informe previo
preceptivo del Cabildo Insular de Tenerife para ejecutar dicha medida; resultando
procedente imponer la multa en la cuantía indicada debido a la entidad y trascendencia
de la actuación urbanística.
SEGUNDO.- Advertir que, de continuar el incumplimiento de la Resolución nº 1.003,
de fecha 27 de enero de 2023, procederá la imposición mensual de multas coercitivas
hasta un máximo de diez y, en su caso, a la ejecución subsidiaria por parte de la
Administración y a costa del interesado.
TERCERO.- Notificar la resolución a la entidad MARICHAL INVERSIONES DEL SUR
S.L., así como al resto de interesados del expediente administrativo nº 68/2015DURBAN.
CUARTO.- Trasladar la resolución al Servicio Administrativo de Defensa Jurídica y
Cooperación Jurídica Municipal del Excelentísimo Cabildo Insular de Tenerife en relación
con el procedimiento de ejecución definitiva nº 1/2016, dimanante del procedimiento
ordinario de origen nº 88/2014, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de
Santa Cruz de Tenerife.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Santa Cruz de Tenerife que por turno corresponda, en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

cve: BOE-N-2025-99432006aa4d69f82c704f4a0c6e52c62fa047df
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Núm. 54