Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Algeciras. (BOE-N-2025-157866)
Anuncio de notificación de 26 de febrero de 2025 en procedimiento de Responsabilidad patrimonial exp 58/23.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

CUARTO.- Consta en el expediente informe de 24 de mayo de 2023 del ingeniero
técnico de Obras Públicas del Ayuntamiento de Algeciras en el que se dispone lo que
sigue:
«Observando las fotografías contenidas en el expediente de referencia, entendemos
a nuestro juicio que la arqueta mostrada se corresponde con un pozo de registro de la
red de saneamiento.
Según la información que nos consta, existe una Entidad Urbanística de
Conservación correspondiente al Polígono industrial “La Menacha”, encargada del
mantenimiento y conservación de la citada zona, con las limitaciones derivadas de los
términos en que esté constituida ésta.
Por todo ello, consideramos que deberá darse traslado del asunto a la empresa
EMALGESA y a dicha Entidad, a fin de que realicen las manifestaciones que estimen
procedentes».
QUINTO.- A tenor de lo informado por el ingeniero técnico municipal, mediante
escrito de fecha 29 de mayo de 2023, efectivamente notificado el 7 de junio, se daba
audiencia a la Empresa Municipal de Aguas de Algeciras S.A. (EMALGESA) para que,
en el plazo de quince días hábiles, pudiera formular las alegaciones y presentar lo
documentos que estimase oportunos para su defensa. No consta que la citada mercantil
hiciera uso de su derecho en el plazo concedido al efecto.
SEXTO.- En los mismos términos, mediante escrito notificado el 2 de junio de 2023,
se daba audiencia a la Entidad Urbanística de Conservación «La Menacha», constando
escrito de alegaciones de su representante, doña Lourdes Pérez Carrasco, de fecha 15
de junio de 2023.
SÉPTIMO.- Mediante escrito de fecha 24 de mayo de 2024, en cumplimiento de lo
previsto en el artículo 82 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas se concedió al reclamante un
plazo de quince días hábiles a fin de que pudiera tener vista del expediente tramitado,
obtener copia de los documentos que estime convenientes, formular alegaciones y
presentar los documentos y justificantes que creyese oportunos para su defensa. Previa
solicitud en plazo, el 17 de junio de 2024 se puso a disposición del reclamante copia
completa del expediente, constando escrito de alegaciones de este con entrada 18 de
junio de 2024. En dicho escrito se aportaban datos que permitían identificar a un testigo
presencial de los hechos denunciados.
OCTAVO.- Con fecha 11 de julio de 2024 se notificaba al reclamante requerimiento
en los siguientes términos:
«- Acredite ostentar la representación de don Javier Pérez Romero.
- Acredite fehacientemente que su representada AXA Seguros Generales, Sociedad
Anónima de
Seguros y Reaseguros ha efectuado el pago de las facturas que se unen al
expediente».
En respuesta al requerimiento, consta escrito del reclamante de fecha 17 de julio de
2024.
NOVENO.- Habida cuenta de las alegaciones de la Entidad Urbanística de
Conservación, se daba traslado de las mismas a EMALGESA en escrito remitido el 18 de
julio de 2024, constando respuesta de la mercantil en escrito de 2 de agosto de 2024.
DÉCIMO.- Una vez identificado el testigo al que se alude en el antecedente séptimo,
considerándolo como una prueba de relevancia para resolver, el día 17 de octubre de
2024 se tomó declaración a este, don Daniel Martín Reina, conductor del camión
implicado en los hechos descritos por el reclamante. Tras ello se dio nuevamente

cve: BOE-N-2025-d2cf8471f47ed8bdd1416ebc9f6036b49989b627
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Núm. 54