Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-152813)
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 25 de febrero de 2025 en procedimiento de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los
terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán
tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios
habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o
colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la
posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de la
deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del
apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar
valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince
días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada
por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas
valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas
por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes no excediera el 20 por
ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En
caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o
asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito
tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde
su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar
comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo
de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.
Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad
correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a
favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas
que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la
remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización
de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido
Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes
inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente a la
recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos
tales títulos a su costa. Los bienes embargados podrán ser enajenados conforme a lo
previsto en el citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, salvo
ingreso del importe total adeudado que deberá realizarse en efectivo, mediante dinero de
curso legal, cheque o transferencia, así como con tarjeta de débito o de crédito a través
de la página web www.seg-social.es o de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. El
ingreso por alguno de los medios de pago mencionados deberá efectuarse en la cuenta
de esta Tesorería General de la Seguridad Social abierta en la entidad financiera BANCO
BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA señalada a continuación: ENTIDAD FINANCIERA:
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA NÚMERO DE CUENTA: ES89 0182 2100
6402 0169 4580 Se acompaña documento de pago de deudas en vía de apremio
(TVA-070). AVISO: En el caso de optar por realizar el pago mediante transferencia
bancaria, deberá indicar de forma expresa en el apartado ?CONCEPTO?,
exclusivamente el nº de referencia: 802500012890957 completo, sin añadir signos o
letras que pudieran dificultar la identificación de la deuda que desea pagar, lo que podría
provocar el seguimiento inadecuado de la vía de apremio. Cualquier comunicación que
deba efectuar a esta Tesorería General de la Seguridad Social podrá realizarse a través
del registro electrónico situado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
CÓRDOBA, a 10 de Enero de 2025 LA RECAUDADORA EJECUTIVA MARIA JOSE
ARTIME TORRE DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS DEUDOR: - - FINCA NÚMERO: 1 DATOS FINCA URBANA Descripción Finca: VVDA CON SUP 84,63
M2 Tipo Vía: PS Nombre Vía: MARITIMO REY DE ESPAñA Número de Vía: 466 Bis - Nº
Vía: Escalera: Piso: 2 Puerta: A Cód. Postal: 29640 Cód. Municipio: 29054 DATOS
REGISTRO Nº Registro: 29037 Nº Tomo: 1513 Nº Libro: 0883 Nº Folio: 0135 Nº Finca:
008669 DATOS CATASTRALES Referencia catastral: 00000000000000000000
DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA: VIVIENDA SITA EN LA PALNTA SEGUNDA,
PUERTA LETRA A ,DEL NUMERO 133,DEL PASEO MARITIMO REY DE ESPAÑA, EN

cve: BOE-N-2025-fbd8cff1497ef5d2810bae799a1c177f71c84a63
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Núm. 52