Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Siero. (BOE-N-2025-152888)
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE SIERO
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500136518
En virtud del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común por el que se indica que los actos administrativos serán objeto de
publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o
cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. Y
En todo caso, los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los
efectos de la notificación, cuando la Administración estime que la notificación efectuada
a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo, en
este último caso, adicional a la individualmente realizada o cuando haya una pluralidad
indeterminada de personas.
El acto que se publica es la Resolución dictada por la Concejalía Delegada del Área
de Ordenación y Gestión Urbanística, Vivienda y Empleo del Ayuntamiento de Siero de
fecha 20 de febrero de 2025, documento 23419I119, obrante en el expediente
23418W038:
“RESOLUCIÓN DE LA CONCEJALÍA DELEGADA
“Vista la Resolución de 17 de diciembre de 2024 de la Concejalía Delegada del Área
de Ordenación y Gestión Urbanística, Vivienda y Empleo del Ayuntamiento de Siero, de
apertura del expediente sancionador iniciado HEREDEROS DE DOÑA MARÍA
CONSUELO DÍAZ CORUJO, habiéndose identificado como tales a DON CELSO ROCES
FERNÁNDEZ y DON RUBÉN ROCES DÍAZ, en cuya parte dispositiva se establecía:
“Primero.- Iniciar expediente sancionador a los HEREDEROS DE DOÑA MARÍA
CONSUELO DÍAZ CORUJO, habiéndose identificado como tales a DON CELSO ROCES
FERNÁNDEZ y DON RUBÉN ROCES DÍAZ, por la falta de conservación y
mantenimiento de un inmueble y su parcela en Landía, Valdesoto, como presuntos
responsables de una infracción de la Ordenanza Municipal de Limpieza y Recogida de
Residuos, consistente en “No mantener limpias y en buen estado de conservación las
fachadas, los rótulos de numeración de portales, las medianeras descubiertas, las
entradas, las escaleras de acceso, así como los cierres, portones y portillas y, en
general, cualquier parte del inmueble que sea visible desde la vía pública” del artículo
18.3 tipificada y calificada como leve en el Anexo I del mismo texto legal y susceptible de
ser sancionada con una multa de 300 euros (trescientos euros) conforme a la regulación
contenida en el artículo 70.3 de la misma norma. Los interesados responderán
solidariamente de la sanción que se imponga, al no ser posible individualizarla en función
del grado de participación de cada responsable.
Dicha multa podrá reducirse en un 20% en caso de que el presunto infractor
reconozca su responsabilidad en relación con los hechos denunciados, implicando tal
circunstancia la terminación del procedimiento, con la imposición de la sanción que en
este caso proceda.
cve: BOE-N-2025-fb9510f257cf754167d6f24f36a0221b756c4bce
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE SIERO
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500136518
En virtud del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común por el que se indica que los actos administrativos serán objeto de
publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o
cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. Y
En todo caso, los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los
efectos de la notificación, cuando la Administración estime que la notificación efectuada
a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo, en
este último caso, adicional a la individualmente realizada o cuando haya una pluralidad
indeterminada de personas.
El acto que se publica es la Resolución dictada por la Concejalía Delegada del Área
de Ordenación y Gestión Urbanística, Vivienda y Empleo del Ayuntamiento de Siero de
fecha 20 de febrero de 2025, documento 23419I119, obrante en el expediente
23418W038:
“RESOLUCIÓN DE LA CONCEJALÍA DELEGADA
“Vista la Resolución de 17 de diciembre de 2024 de la Concejalía Delegada del Área
de Ordenación y Gestión Urbanística, Vivienda y Empleo del Ayuntamiento de Siero, de
apertura del expediente sancionador iniciado HEREDEROS DE DOÑA MARÍA
CONSUELO DÍAZ CORUJO, habiéndose identificado como tales a DON CELSO ROCES
FERNÁNDEZ y DON RUBÉN ROCES DÍAZ, en cuya parte dispositiva se establecía:
“Primero.- Iniciar expediente sancionador a los HEREDEROS DE DOÑA MARÍA
CONSUELO DÍAZ CORUJO, habiéndose identificado como tales a DON CELSO ROCES
FERNÁNDEZ y DON RUBÉN ROCES DÍAZ, por la falta de conservación y
mantenimiento de un inmueble y su parcela en Landía, Valdesoto, como presuntos
responsables de una infracción de la Ordenanza Municipal de Limpieza y Recogida de
Residuos, consistente en “No mantener limpias y en buen estado de conservación las
fachadas, los rótulos de numeración de portales, las medianeras descubiertas, las
entradas, las escaleras de acceso, así como los cierres, portones y portillas y, en
general, cualquier parte del inmueble que sea visible desde la vía pública” del artículo
18.3 tipificada y calificada como leve en el Anexo I del mismo texto legal y susceptible de
ser sancionada con una multa de 300 euros (trescientos euros) conforme a la regulación
contenida en el artículo 70.3 de la misma norma. Los interesados responderán
solidariamente de la sanción que se imponga, al no ser posible individualizarla en función
del grado de participación de cada responsable.
Dicha multa podrá reducirse en un 20% en caso de que el presunto infractor
reconozca su responsabilidad en relación con los hechos denunciados, implicando tal
circunstancia la terminación del procedimiento, con la imposición de la sanción que en
este caso proceda.
cve: BOE-N-2025-fb9510f257cf754167d6f24f36a0221b756c4bce
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Núm. 52