Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Dénia. (BOE-N-2025-145516)
Anuncio de notificación de 27 de enero de 2025 en procedimiento de acceso a la información pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

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39 /2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en relación con el artículo 43.2 del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del
sector público por medios electrónicos.
Además, de acuerdo con el artículo 41.7º de la Ley 39/2015 “Cuando el interesado
fuera notificado por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación la de aquélla
que se hubiera producido en primer lugar”.
En relación con las posibles alegaciones a presentar, a modo de guía sin carácter
exhaustivo y de información genérica, con cita de los preceptos de carácter básico para
ayudarle en la lectura, se le comunica que podría considerar, entre otros argumentos,
que:
- Concurre causa de inadmisión a la solicitud (artículos 18 de la Ley 19/2013 y 32 de
la LTV)
- No constituye información pública lo solicitado (artículos 13 de la Ley 19/2013 y 7.4º
de la LTV)
- El acceso está condicionado por límites bien los derivados de la protección de datos
personales (artículos 15 de la Ley 19/2013 y 28 y 9 de la LTV) bien los señalados por
otra normativa, especialmente los artículos 14 de la Ley 19/2013 y 28 de la LTV.
- Muestra su oposición expresa al acceso (artículos 20 y 22 de la Ley 19/2013 y 34 y
36 de la LTV)
Se advierte que, en relación a los límites, existen pronunciamientos de los
Comisionados de Transparencia y de la Jurisprudencia que consideran insuficiente su
mera alegación sin razonamiento que lo motive.
Asimismo, comunicarle que, en caso de oposición expresa, si ésta no se motiva, en
la línea apuntada acerca de los límites, se valorará la posibilidad de apreciar abuso de
derecho, previsto con carácter general en el artículo 7 del Código Civil y, en ese caso,
otorgar el acceso pretendido sin esperar al plazo fijado en el artículo 22 de la Ley
19/2013.
La presente comunicación constituye un acto de trámite frente a la que, conforme al
artículo 112.1º, II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, no cabe recurso, sin perjuicio de las
alegaciones que pueda presentar para su consideración en la resolución que ponga fin al
procedimiento".

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Dénia, 27 de enero de 2025.- Pedro Antonio López Mateo, instructor

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X