Administración Local. Salamanca. Ayuntamiento De Salamanca. (BOE-N-2025-146419)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento expediente sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SALAMANCA
AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento expediente
sancionador.
ID: N2500141054

114/2025/ESPA
DNI: A37034428
CONTROL 110
El Tercer Teniente de Alcalde, con fecha 11 de Febrero de 2025 ha tenido a bien
autorizar la siguiente PROPUESTA DEL JEFE DEL SERVICIO DE POLICÍA Y
ACTIVIDADES CLASIFICADAS, que se remite al Boletín Oficial del Estado para su
inserción, al amparo de lo establecido por el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, por
haber resultado imposible practicar la notificación en el domicilio señalado a tales
efectos:
FECHA: 03/02/2025

HORA: 08:41

EMPLAZAMIENTO: PS CANALEJAS, 156 - 37001 SALAMANCA (SALAMANCA)
DOMICILIO DE NOTIFICACIÓN: CT MATA, 21
INFRACCIÓN: REALIZACIÓN DE CUALQUIER ACTIVIDAD, INSTALACIÓN U OCUPACIÓN DE LA VÍA
PÚBLICA CARECIENDO DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL CORRESPONDIENTE, EN PARTICULAR
OCUPAR UN CARRIL DE DE CIRCULACION PARA LA DESCARGA DE MATERIAL DE CONSTRUCCION.

Los Servicios Técnicos Municipales han elevado a esta Alcaldía el Informe emitido
por la Policía Local, dejando constancia de la presunta comisión de una infracción de
carácter muy grave contemplada en la Ordenanza Municipal reguladora de la venta
realizada fuera de establecimiento comercial permanente y realización de actividades en
la vía pública e imputable al/a la interesado/a, consistente en la realización de cualquier
actividad, instalación u ocupación de la vía pública careciendo de la autorización
municipal correspondiente, circunstancia acaecida y puesta de manifiesto por la Policía
Local con la fecha, hora y emplazamiento descritos con anterioridad, infracción que
podría ser sancionada con multa de hasta TRES MIL (3.000) EUROS, según contemplan
los artículos 30, 36.3.a y 37.1.c de la referida Ordenanza Municipal.
En su virtud, corresponde iniciar la tramitación de un expediente sancionador,
encaminado a esclarecer y probar tales hechos y determinar el exacto alcance de las
responsabilidades a que los mismos hubieran podido dar lugar.
De conformidad con las actuaciones practicadas y en virtud de lo establecido en la
Ordenanza Municipal reguladora de la venta realizada fuera de establecimiento
comercial permanente y realización de actividades en la vía pública, el/la Técnico de

cve: BOE-N-2025-ac13bcc051d6a465dcdb839e3ed493aaf5574799
Verificable en https://www.boe.es

REFERENCIA ADICIONAL: CONTROL 110