Administración Local. Salamanca. Ayuntamiento De Salamanca. (BOE-N-2025-146420)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento expediente sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025

Supl. N. Pág. 2

De conformidad con las actuaciones practicadas y en virtud de lo establecido en la
Ley Orgánica 4/2015, de 30 Marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana y la
Ordenanza Municipal para la Protección de la Convivencia Ciudadana, el/la Técnico de
Grado Medio del Servicio de Policía y Actividades Clasificadas que suscribe propone a la
Alcaldía-Presidencia que adopte los siguientes ACUERDOS:
1º.- Incoar Expediente Sancionador al/a la interesado/a, con el domicilio a efectos de
notificaciones referido con anterioridad, con el fin de determinar la infracción en que
hubiera podido incurrir y la aplicación, en su caso, de la sanción que proceda.
2º.- Designar Instructor del expediente a DON VICENTE GONZALEZ SASTRE,
pudiendo el/la inculpado/a promover recusación contra la persona designada, en la
forma establecida por el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 Octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
3º.- Significar al/a la presunto/a responsable de la infracción imputada que el órgano
competente para la resolución del presente expediente es el Alcalde-Presidente de la
Corporación, de conformidad con la competencia que se le atribuye por el artículo 21 de
la Ley 7/1985, de 2 Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, competencia
delegada de forma expresa en el Tercer Teniente de Alcalde por Decreto de Alcaldía de
fecha 20 de Junio de 2.023, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca
con fecha 4 de Julio de 2.023.
4º.- Indicar al/a la interesado/a que la presente Resolución de Alcaldía tiene el
carácter de acuerdo de iniciación del expediente sancionador y formulación de pliego de
cargos, disponiendo de un plazo de QUINCE (15) DIAS puede formular cuantas
alegaciones estime convenientes, tomar vista del expediente y aportar documentos y
justificaciones para la mejor defensa de su derecho, proponiendo en su caso prueba,
debiendo concretar los medios de que pretenda valerse.
5º.- Advertir que si no se efectúan las alegaciones previstas en el apartado anterior,
el contenido de esta Resolución de Alcaldía podrá ser considerado como Propuesta de
Resolución, al entenderse que contiene el pronunciamiento preciso acerca de la
responsabilidad imputada.
6º.- Poner en conocimiento del/de la interesado/a que la sanción a imponer con
carácter general en caso de que resulte acreditada su responsabilidad con relación al
comportamiento imputado, será en forma de multa por importe de SEISCIENTOS DOS
(602) EUROS, en ausencia de situaciones de reincidencia u otras agravantes/atenuantes
de su responsabilidad que no se aprecian en principio a la hora de incoar el presente
expediente sancionador.
7º.- Señalar finalmente que, de conformidad con lo establecido por el artículo 54 de
la Ley Orgánica 4/2015, de 30 Marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, las
sanciones en forma de multa propuestas podrán hacerse efectivas hasta la finalización
del plazo de alegaciones a este pliego de cargos, en cuyo caso se aplicará una
reducción del cincuenta por ciento (50%) sobre la cuantía consignada en el apartado
precedente. El pago del importe de la sanción implicará el reconocimiento expreso de la
responsabilidad del/de la infractor/a y la terminación del procedimiento, sin que resulte
necesario dictar resolución expresa de finalización de este procedimiento sancionador.
A tales efectos, el/la interesado/a podrá utilizar cualquiera de los siguientes métodos:
A) Previa generación y obtención de la correspondiente carta de pago a través de la
página web del Organismo Autónomo de Gestión Económica y Recaudación
(www.oager.com, Apartado “autoliquidaciones/Ingresos directos”, en el Enlace https://
www.oager.net/SedeElectronicaAutoliq/conCert/autoliq/asistente/contribuyente.aspx?
ini=1&cod=910), y pudiendo efectuar el pago directamente a través de tarjeta de crédito
o débito, o cargo en cuenta telemático, en entidad bancaria. Cualquier duda o

cve: BOE-N-2025-1dd532b9afa973a1eb8fd365de5e35e42f28b6e1
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 50