Comunidades Y Ciudades Autónomas. Ciudad De Ceuta. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. (BOE-N-2025-7263)
Anuncio de notificación de 26 de diciembre de 2024 en procedimiento de resolución del expediente sancionador por incumplimiento del Reglamento para la tenencia, protección y bienestar de los animales de compañía de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 2
PRIMERO.- Procédase a sancionar al titular del D.N.I 45.108.925 Z, por comisión de
infracción del artículo 48.3.1, 48.3 2 y 48.3.3 así como del 48.4.1 del Reglamento 2/15,
de 23 de marzo, de tenencia, protección y bienestar de animales de compañía de la
Ciudad Autónoma de Ceuta, con multa de 2.313 euros, por los hechos descrito en el
acuerdo de incoación de procedimiento sancionador.
SEGUNDO.- El importe de la sanción podrá ser ingresado en el servicio de caja de
Servicios Tributarios de Ceuta, sito en Plaza Teniente Reinoso, planta baja, local 30
(Edificio Ceuta Center), mediante transferencia a la cuenta titularidad de esta Entidad en
BBVA, C.C.C. ES25 0182 7290 48 0201500260, en la red de cajeros automáticos de
Servicios Tributarios, en la red de cajeros de entidades financieras o, telemáticamente a
través de nuestra WEB “tributosceuta.org”.
TERCERO.- Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015, de 1 de octubre)
podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los arts. 47 y 48 de este mismo texto
normativo, ante el mismo órgano que ha dictado resolución en el plazo de un mes o ser
impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que se recepcionó la
notificación, conforme a los arts. 123.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8.2 y 46 de la
Ley de Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
CUARTO.- No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
cve: BOE-N-2025-9439b36319eb7483743b0895916ede489406ecdc
Verificable en https://www.boe.es
Ceuta, 26 de diciembre de 2024.- La Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, Dª
Nabila Benzina Pavón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 2
PRIMERO.- Procédase a sancionar al titular del D.N.I 45.108.925 Z, por comisión de
infracción del artículo 48.3.1, 48.3 2 y 48.3.3 así como del 48.4.1 del Reglamento 2/15,
de 23 de marzo, de tenencia, protección y bienestar de animales de compañía de la
Ciudad Autónoma de Ceuta, con multa de 2.313 euros, por los hechos descrito en el
acuerdo de incoación de procedimiento sancionador.
SEGUNDO.- El importe de la sanción podrá ser ingresado en el servicio de caja de
Servicios Tributarios de Ceuta, sito en Plaza Teniente Reinoso, planta baja, local 30
(Edificio Ceuta Center), mediante transferencia a la cuenta titularidad de esta Entidad en
BBVA, C.C.C. ES25 0182 7290 48 0201500260, en la red de cajeros automáticos de
Servicios Tributarios, en la red de cajeros de entidades financieras o, telemáticamente a
través de nuestra WEB “tributosceuta.org”.
TERCERO.- Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015, de 1 de octubre)
podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los arts. 47 y 48 de este mismo texto
normativo, ante el mismo órgano que ha dictado resolución en el plazo de un mes o ser
impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que se recepcionó la
notificación, conforme a los arts. 123.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8.2 y 46 de la
Ley de Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
CUARTO.- No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
cve: BOE-N-2025-9439b36319eb7483743b0895916ede489406ecdc
Verificable en https://www.boe.es
Ceuta, 26 de diciembre de 2024.- La Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, Dª
Nabila Benzina Pavón.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X