Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2025-3984)
BOP-2025-3984 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la Prestación del Servicio de Actividades Culturales prestadas por el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
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La forma de pago será mediante ingreso en la Cuenta bancaria del Ayuntamiento de
Malpartida de Cáceres haciendo constar en el mismo “Precio público por prestación de
servicio de …………” o mediante domiciliación bancaria.
Sólo se considerará anulada una inscripción o matrícula y, por tanto, se procederá a la
devolución del precio público:
a) Cuando el curso de que se trate sea anulado por causa imputable a la Administración.
b) Cuando el interesado notifique por escrito la anulación de su inscripción o matrícula
con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la inscripción en la
actividad de que se trate.
Artículo 10. Gestión
1. La gestión, liquidación, administración y cobro de cada precio público se
llevará a efecto por el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
2. Los recursos regulados en la presente Ordenanza se ingresarán en la Cuentas
Bancarias cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento y su rendimiento se aplicará
íntegramente al presupuesto del mismo, sin que puedan efectuarse detracciones o
minoraciones salvo en los supuestos en que proceda su devolución.
Las inscripciones se tramitarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) La solicitud de reserva de plaza, según modelo previsto como Anexo I.
b) Publicación del listado provisional de alumnos admitidos en cada curso.
c) Periodo de alegaciones.
d) Publicación del listado definitivo de alumnos admitidos en cada curso,
estableciendo el plazo para formalización de matrícula en los mismos.
La cuota satisfecha por Matrícula será íntegra, con independencia de que el alumno
cause baja antes de terminar el curso o no asista a las clases y actividades, así como de
que la matrícula se efectúe una vez empezado el curso académico.
El Ayuntamiento podrá establecer Convenios de Colaboración con Entidades,
Instituciones y Organizaciones representativas de los beneficiarios del Servicio con el
fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas
de aquéllas o los procedimientos de liquidación o recaudación.
Artículo 11. Devolución
1. Con carácter general no se admitirá la devolución de los precios públicos
satisfechos por el obligado al pago para el disfrute de los servicios y actividades puestos
a su disposición por el Ayuntamiento. Cuando el obligado al pago elija la modalidad de
pago aplazado, si la hubiese, deberá comprometerse a satisfacer la totalidad de dichas
cantidades independientemente de que deje de beneficiarse de la prestación de servicios
o actividades puesta a su disposición.
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Cód.
Validación:
ACY46S52QSAT62MXDPTK2YFTK
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
la
plataforma
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N.º 0146
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Malpartida de Cáceres haciendo constar en el mismo “Precio público por prestación de
servicio de …………” o mediante domiciliación bancaria.
Sólo se considerará anulada una inscripción o matrícula y, por tanto, se procederá a la
devolución del precio público:
a) Cuando el curso de que se trate sea anulado por causa imputable a la Administración.
b) Cuando el interesado notifique por escrito la anulación de su inscripción o matrícula
con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la inscripción en la
actividad de que se trate.
Artículo 10. Gestión
1. La gestión, liquidación, administración y cobro de cada precio público se
llevará a efecto por el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
2. Los recursos regulados en la presente Ordenanza se ingresarán en la Cuentas
Bancarias cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento y su rendimiento se aplicará
íntegramente al presupuesto del mismo, sin que puedan efectuarse detracciones o
minoraciones salvo en los supuestos en que proceda su devolución.
Las inscripciones se tramitarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) La solicitud de reserva de plaza, según modelo previsto como Anexo I.
b) Publicación del listado provisional de alumnos admitidos en cada curso.
c) Periodo de alegaciones.
d) Publicación del listado definitivo de alumnos admitidos en cada curso,
estableciendo el plazo para formalización de matrícula en los mismos.
La cuota satisfecha por Matrícula será íntegra, con independencia de que el alumno
cause baja antes de terminar el curso o no asista a las clases y actividades, así como de
que la matrícula se efectúe una vez empezado el curso académico.
El Ayuntamiento podrá establecer Convenios de Colaboración con Entidades,
Instituciones y Organizaciones representativas de los beneficiarios del Servicio con el
fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas
de aquéllas o los procedimientos de liquidación o recaudación.
Artículo 11. Devolución
1. Con carácter general no se admitirá la devolución de los precios públicos
satisfechos por el obligado al pago para el disfrute de los servicios y actividades puestos
a su disposición por el Ayuntamiento. Cuando el obligado al pago elija la modalidad de
pago aplazado, si la hubiese, deberá comprometerse a satisfacer la totalidad de dichas
cantidades independientemente de que deje de beneficiarse de la prestación de servicios
o actividades puesta a su disposición.
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
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