Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tornavacas. (BOP-2025-3902)
BOP-2025-3902 Aprobación Definitiva Ordenanza Reguladora de las Ayudas al Fomento de la Natalidad.
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Ayuntamiento de Tornavacas (Cáceres)
adoptante. Será documento acreditativo del cumplimiento de lo dispuesto en este apartado el
certificado de empadronamiento y convivencia de la unidad familiar.
4. Los/as beneficiarios/as deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia
Tributaria y Seguridad Social.
5. Los/as beneficiarios/as deberán hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales municipales
durante todo el año anterior al nacimiento o adopción.
ARTÍCULO 5. Cuantía de las Ayudas y Procedimiento.
1. Importe. El Ayuntamiento anualmente en su Presupuesto destinará una partida para dar cobertura
económica a las subvenciones que se otorguen cada año. Éste importe consignado en los
presupuestos será el límite de las ayudas a reconocer.
Con objeto de garantizar la permanencia en la localidad de Tornavacas, cada nacimiento que tenga
lugar, o cada adopción que se formalice, será objetivo de una ayuda de 300,00 € (TRESCIENTOS
EUROS).
El Ayuntamiento, previa la tramitación de la modificación presupuestaria correspondiente, podrá
incrementar o disminuir el importe global y, en consecuencia, la cantidad a otorgar a cada
beneficiario/a.
2. Procedimiento.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán en el Registro General o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, durante las fechas comprendidas entre el 01 de enero y el
28 o 29 de febrero de cada año por los nacimientos o adopciones que hubiesen tenido lugar en el
año natural anterior. A las mismas deberá acompañarse la siguiente documentación:
- Certificado de nacimiento del/a recién nacido expedido por el Registro Civil correspondiente
en el caso de nacimientos.
- Fotocopia compulsada del libro de familia y NIF del/a solicitante.
- Copia de la Resolución Judicial en el caso de adopciones.
Ayuntamiento de Tornavacas (Cáceres)
Plaza Mayor, nº 4, Tornavacas. 10611 (Cáceres). Tfno. 927177018. Fax: 927177004
Cód.
Validación:
AHRDTMGZ3SZ7LWZEJ2SA3EWZK
Verificación:
https://tornavacas.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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esPublico
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BOP-2025-3902
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de julio de 2025
N.º 0143
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