Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2025-3592)
BOP-2025-3592 Bases Reguladoras para la cobertura de una Plaza de Monitor/a - Informador/a - Guía Turístico/a.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
La presentación de solicitudes, podrá realizarse en el Registro General de este
Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 2 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitará al efecto, se
presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y días hábiles de
oficina, en el plazo de 10 días hábiles desde su publicación Boletín Oficial de la
Provincia. Con posterioridad se publicará en el Tablón de Anuncios físico y Sede
Electrónica, la lista provisional de admitidos, dándose un plazo de 2 días hábiles para
reclamaciones, publicándose la lista definitiva de admitidos y fijándose la fecha de la
prueba selectiva en el Tablón de Anuncios físico y Sede Electrónica.
Los/las aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán
solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y
medios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tienen para acceder al proceso de selección en igualdad de
condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas,
se solicitará al candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en
que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
4.- TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador, estará integrado por cinco miembros, designándose igual
número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los
principios de imparcialidad y de profesionalidad. Todos los miembros del Tribunal,
titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o
superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con
los artículos 23 y 24 de la Ley 40/15, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común.
Cuando el proceso selectivo por dificultades técnicas o de otra índole, así lo
aconsejase, el Tribunal por medio de su Presidente, podrá disponer las incorporación
al mismo con carácter temporal, de otro personal de Diputación o de otras
administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección
del citado Tribunal.
Así el Tribunal quedará constituido por los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionario o empleado público designado por la Alcaldía.
Secretario: Un funcionario o empleado público designado por la Alcaldía.
Vocal: Funcionario o empleado público con Licenciatura en Filología Inglesa.
Vocal:. Funcionario o empleado público designado por la Alcaldía.
Cód.
Validación:
TPS4G69HKMDP3G5J5NGSHHAPW
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
8
CVE:
BOP-2025-3592
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de julio de 2025
N.º 0131
Pág. 16430