Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mesas de Ibor. (BOP-2025-3512)
BOP-2025-3512 Información pública del Convenio de Colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y este Ayuntamiento para la delegación del ejercicio de las competencias de inspección urbanística.
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una vez sea recibida por la Diputación Provincial la documentación técnica que sirva de
base a la legalización.
En el caso de los municipios menores de 1000 habitantes, la devolución se devolverá
acompañada de los informes técnicos y jurídicos necesarios y previos a la resolución o
acuerdo municipal que ponga fin al procedimiento de legalización. La Diputación
Provincial de Cáceres, por su parte, instruirá y resolverá el expediente sancionador
vinculado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 188 relativo a la prejudicialidad, cuando
en la tramitación de uno de los procedimientos sancionadores por infracción urbanística
objeto de la delegación se desprendan indicios del carácter de delito del hecho, el órgano
competente de la Diputación Provincial, por sí o a propuesta de la persona instructora del
expediente, lo pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal. Dicha comunicación al
ministerio fiscal será puesta en conocimiento del ayuntamiento.
Los procedimientos en materia de las competencias delegadas que se hallaren en trámite
a la firma y entrada en vigor del presente Convenio, y que hubieran sido iniciados con
posterioridad al 30 de junio de 2024, se tramitarán y resolverán por la Diputación
Provincial de Cáceres cuando así sea solicitado por el Excmo. Ayuntamiento y
expresamente aceptado por la Diputación Provincial de Cáceres, previa comprobación y
valoración de las circunstancias concurrentes en el procedimiento concreto.
Igualmente, en los procedimientos que se encontraran en trámite a la firma del presente
convenio la Diputación Provincial de Cáceres llevará a cabo la medida de reposición de
la realidad física alterada dictada en procedimientos municipales por infracciones
urbanísticas, cuando así sea solicitado por el Excmo. Ayuntamiento y expresamente
aceptado por la Diputación Provincial de Cáceres, previa comprobación y valoración de
las circunstancias concurrentes en el procedimiento concreto.
Por último, se delegan a favor de la Diputación Provincial de Cáceres las competencias
para la resolución de los recursos administrativos que puedan interponerse en el ejercicio
de las competencias delegadas en cuanto es contenido, de forma expresa, del acuerdo
municipal de delegación de competencias en materia de disciplina urbanística.
Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente
esta circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por el órgano delegante.
Para llevar a cabo el objeto del presente Convenio, las partes firmantes se comprometen
a lo siguiente:
1.- Ejercicio de las competencias delegadas.
La Diputación Provincial de Cáceres asume, con sus medios técnicos y humanos, el
ejercicio de las competencias de inspección urbanística, en el ámbito de la disciplina
urbanística, protección de la legalidad y sancionadoras en materia de urbanismo
delegadas que serán llevadas a cabo en los términos expuestos anteriormente.
El Ayuntamiento se compromete a remitir, sin dilación alguna, aquellas solicitudes,
denuncias, actas, informes o resoluciones relacionados con el ejercicio de las
competencias delegadas que sean recibidos o emitidos por el Excmo. Ayuntamiento
CVE:
BOP-2025-3512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de julio de 2025
N.º 0128
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