Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2025-3509)
BOP-2025-3509 Modificación del Reglamento de Régimen Interno Residencia Virgen de la Luz.
19 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
d.
e.
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estos casos será por cuenta del usuario/a o de su familia.
SALA DE LECTURA.
Se habilitará una sala destinada a la lectura de periódicos, revistas, libros, etc. y diverso
material, para este fin.
Dentro de dicha sala se observará el máximo silencio, para evitar molestar a los demás
usuarios.
No se podrán arrancar hojas de libros, revistas o periódicos diarios.
ATENCIÓN SANITARIA.
Los residentes deberán acudir a la consulta del Centro de Salud por sí mismos,
siempre que puedan hacerlo.
Siempre que el estado físico de un residente así lo exija, recibirá visita del médico de
atención primaria en su habitación o en la sala de Enfermería.
Cuando el residente necesite trasladarse a algún centro especializado deberá hacerlo
por su cuenta o contando con la ayuda de sus familiares.
Los familiares serán quienes se hagan cargo del residente si es hospitalizado.
En caso de extrema necesidad y urgencia el residente podrá ser acompañado por un
trabajador/a del Centro, previa valoración de la situación y en cualquier caso sin
perjuicio del servicio.
VISITAS.
a. Los residentes podrán recibir a sus visitas en las salas o dependencias destinadas a
tal efecto y en aquellas que puedan ser habilitadas con posterioridad.
b. Las visitas se ajustarán a las siguientes normas:
Una vez se comunique la visita, esta esperará en la sala destinada al efecto
hasta la llegada del residente, quien le acompañará durante el tiempo que dure la
misma y dentro del horario establecido, salvo en circunstancias especiales.
Procurará respetar las instalaciones del Centro, teniendo especial cuidado si
vienen acompañados de menores, haciéndose responsables los familiares de los
posibles desperfectos que se pudieran ocasionar.
No podrán subir a las habitaciones salvo que tuvieran autorización expresa de la
Dirección o Supervisor, en todo caso permanecerán en ella el tiempo
CVE:
BOP-2025-3509
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de julio de 2025
N.º 0128
Pág. 16148
b.
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estos casos será por cuenta del usuario/a o de su familia.
SALA DE LECTURA.
Se habilitará una sala destinada a la lectura de periódicos, revistas, libros, etc. y diverso
material, para este fin.
Dentro de dicha sala se observará el máximo silencio, para evitar molestar a los demás
usuarios.
No se podrán arrancar hojas de libros, revistas o periódicos diarios.
ATENCIÓN SANITARIA.
Los residentes deberán acudir a la consulta del Centro de Salud por sí mismos,
siempre que puedan hacerlo.
Siempre que el estado físico de un residente así lo exija, recibirá visita del médico de
atención primaria en su habitación o en la sala de Enfermería.
Cuando el residente necesite trasladarse a algún centro especializado deberá hacerlo
por su cuenta o contando con la ayuda de sus familiares.
Los familiares serán quienes se hagan cargo del residente si es hospitalizado.
En caso de extrema necesidad y urgencia el residente podrá ser acompañado por un
trabajador/a del Centro, previa valoración de la situación y en cualquier caso sin
perjuicio del servicio.
VISITAS.
a. Los residentes podrán recibir a sus visitas en las salas o dependencias destinadas a
tal efecto y en aquellas que puedan ser habilitadas con posterioridad.
b. Las visitas se ajustarán a las siguientes normas:
Una vez se comunique la visita, esta esperará en la sala destinada al efecto
hasta la llegada del residente, quien le acompañará durante el tiempo que dure la
misma y dentro del horario establecido, salvo en circunstancias especiales.
Procurará respetar las instalaciones del Centro, teniendo especial cuidado si
vienen acompañados de menores, haciéndose responsables los familiares de los
posibles desperfectos que se pudieran ocasionar.
No podrán subir a las habitaciones salvo que tuvieran autorización expresa de la
Dirección o Supervisor, en todo caso permanecerán en ella el tiempo
CVE:
BOP-2025-3509
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de julio de 2025
N.º 0128
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