Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3485)
BOP-2025-3485 Acuerdo carrera Profesional.
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ACUERDO CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL
ANTECEDENTES
En base a los artículos 17 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
en adelante TREBEP, y 105 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, se implementó un modelo de carrera administrativa horizontal en la
Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos, mediante el Acuerdo de
14 de octubre de 2016 entre la Corporación provincial y las organizaciones sindicales
USO, GID, UGT, CCOO, CSIF y TECAE, sobre los Criterios Generales de la Carrera
Profesional Horizontal del personal empleado público de la Excma. Diputación Provincial
de Cáceres y sus Organismos Autónomos, tanto para el personal funcionario de carrera
como para el personal laboral fijo, así como, para el personal interino y el personal laboral
temporal e indefinido, conforme a la jurisprudencia más reciente en aquel momento.
Este Acuerdo ha sido modificado en estos últimos años, a través de distintas
Adendas, que se relacionan a continuación:
Acuerdo de Pleno de 22 de febrero de 2018, se aprueba una Primera Adenda, que
tuvo por objeto, básicamente, ampliar el ámbito subjetivo de la carrera profesional
horizontal al personal laboral temporal, en virtud de las reiteradas sentencias dictadas en
la Comunidad Autónoma de Extremadura en las que se reconocía el derecho a este
personal, con una vinculación jurídica laboral y de carácter temporal, a la carrera
profesional horizontal correspondiente a los niveles Inicial y Uno, condenando a las
Administraciones Públicas demandadas a abonar tal concepto.
Acuerdo de Pleno de 27 de febrero de 2020, aprobación de una segunda Adenda
en la que se añadió un nuevo Apartado Undécimo denominado Sistema de Evaluación
del Desempeño, “por el que se le encomienda a la Comisión Paritaria de Seguimiento e
Interpretación del Acuerdo, regulada en el apartado anterior, el estudio y análisis de los
distintos modelos existentes de carrera profesional para el personal funcionario y laboral
en las Administraciones de las Comunidades Autónomas u otras Administraciones
públicas que la tienen implantada actualmente. Y en relación con el Apartado Noveno, se
establece un régimen transitorio res- pecto al reconocimiento de los distintos Niveles de la
Carrera Profesional para los emplea- dos públicos que tengan la condición de personal
funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino, personal indefinido o
personal laboral temporal que presten servicio en la Diputación Provincial de Cáceres y
sus Organismos Autónomos a la fecha de inicio, así como, a quienes durante la vigencia
de este régimen adquieran la fijeza como funciona- rio o laboral en virtud de las
convocatorias de ofertas de empleo público de la Diputación Provincial de Cáceres o de
provisión de puestos de trabajo.
El abono de estos niveles queda supeditado a la situación presupuestaria de la
Diputación de Cáceres y sus Organismos Autónomos, así como, a la recuperación
económica en su conjunto.
AREA DE PERSONAL, PRL Y SEPEI
CVE:
BOP-2025-3485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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